El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha suspendido provisionalmente el procedimiento de adjudicación del concurso para la televisión autonómica 7TV, que estaba programado hoy a las 14:00 horas en el Ministerio de Hacienda, al igual que La Opinión, periódico de este grupo, Prensa Ibérica.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo adoptó una de las medidas provisionales solicitadas por el grupo murciano TCERO, uno de los candidatos que se presentaron a concurso, y dictó auto por el que ordena la suspensión del acto. Apertura pública del sobre número 3 de las ofertas presentadas por los licitadores, que contiene las propuestas económicas de las cinco empresas concursantes por el contrato de 77,5 millones de euros.
Esta es la última fase del concurso convocado en marzo de 2020, que sufrió varias paradas debido a otros recursos anteriores y generó varios desafíos. Desde que expiró la concesión otorgada a Secuoya hace seis años el 30 de abril de 2020, esta empresa ha continuado gestionando La 7 con un contrato de emergencia amparado por la normativa sobre estado de alerta, que también se incluye en apelación ante la Corte Suprema.
Por lo tanto, se espera que Secuoya, que es otro candidato al contrato, continúe operando el canal regional durante la adjudicación final.
El Consejo de Administración convocó a los postores para esta tarde a las 14:00 horas, finalizado el bimestre que tenía la segunda comisión de expertos constituida por el Ministerio de Hacienda para evaluar las ofertas técnicas de las cinco empresas candidatas. ‘había transcurrido.
El ministro de Hacienda, Luis Alberto Marín, tuvo que sustituir al primer comité de expertos designado en diciembre de 2020 por su antecesor, Javier Celdrán, porque no se ponía de acuerdo sobre cómo puntuar las ofertas presentadas. Ante la falta de consenso, uno de sus integrantes presentó su valoración a través del registro comunitario y renunció para seguir participando en el proceso.
En septiembre, nombró al nuevo comité de expertos y le dio dos meses para estudiar y evaluar las ofertas técnicas de las cinco empresas aspirantes, lo que se logró esta semana. Hoy se esperaba que también se hiciera público el dictamen emitido tras el estudio de las propuestas contenidas en el sobre número 2.
El tribunal adopta la medida cautelar urgente solicitada por la empresa Audiovisuales TCERO, una de las empresas que aspiran a la concesión, al amparo del artículo 135.1 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo, es decir inédito, sin conocer la parte contraria.
El grupo murciano TCERO, que tiene otras reclamaciones presentadas ante el Tribunal Supremo por incidencias surgidas desde la convocatoria del concurso, exigió que se suspenda la apertura del tercer sobre para evitar el riesgo de que el incumplimiento de » una posible sentencia estimada el recurso de casación contra el procedimiento.
Precisó que se debe suspender el procedimiento de adquisiciones porque si el nuevo comité de expertos emite un informe de manera colegiada y la Mesa de Adquisiciones abre el sobre número 3, “no sería oportuno volver a las existencias en este momento. la evaluación de los criterios evaluables por juicios de valor ya que el contenido de las ofertas se conocería en su totalidad y lo obligatorio sería cancelar el procedimiento de adjudicación e iniciar uno nuevo, frustrando la legítima finalidad del recurso ”.
A la luz de los alegatos formulados, luego de haber analizado los criterios legales y jurisprudenciales y ponderado los intereses, la Sala considera que las circunstancias de urgencia invocadas por el recurrente son consistentes.
El tribunal entiende que esta medida de suspensión no tiene por objeto garantizar la eficacia de una futura sentencia de valoración, sino que tiene como objetivo «salvaguardar el correcto desarrollo del procedimiento de contratación».
Los magistrados explican que si bien el juzgado desconoce «si la nueva comisión de peritos ya ha realizado la valoración correspondiente» y «ciertos datos que la Administración puede facilitarnos, en caso de ser necesario», la decisión sobre el fondo del recurso en este el La decisión de destituir a los ex miembros del comité de expertos fue declarada no conforme a la ley y que la anulación del nombramiento de los nuevos miembros «podría ser menos perjudicial para el procedimiento si aún no se ha realizado la apertura del sobre 3 . »
“Por tanto, la medida cautelar parece incidentalmente que puede producir el efecto positivo de garantizar el buen desarrollo del procedimiento de contratación. Ante este escenario, es prudente no realizar la ceremonia pública de inauguración del Sobre 3; y esto sin perjuicio de la decisión que adoptemos una vez escuchemos los argumentos de la Administración ”.
Tras invocar razones de prudencia, los magistrados subrayan que «esta decisión cautelar produce un mínimo de distorsión en el procedimiento de contratación (simplemente implica postergar el acto público hasta que se decida mantener o levantar esta medida) y es sumamente beneficioso tanto para el Tanto para la administración como para los postores ya que garantiza la seguridad en el desarrollo del proceso ”.
La Sala concluye que la suspensión “no lesiona el interés general” ya que actualmente se presta el servicio audiovisual y “presenta ventajas obvias desde el punto de vista de salvaguardar los principios de igualdad de trato y de oportunidades de los licitadores y del principio de transparencia en todas las etapas del procedimiento ”.
Además de Secuoya y TCERO, las empresas que optan por el contrato de 7TV son: Promecal Audiovisuales, que gestiona diversos periódicos y canales de televisión, entre ellos la televisión autonómica de Castilla y León; Now Audiovisual, empresa del grupo Henneo que gestiona periódicos como Heraldo de Aragón o 20minutos; y una unión temporal de empresas entre las que se encuentra la empresa audiovisual vasca Bainet, también NRD, Eurocomunicación e Intercom.
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