Absuelta en Badajoz una madre acusada de maltratar a su hijo tras tres años sin verlo

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La Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado la sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal número 2 a favor de una madre acusada de maltratar a su hijo de 9 años, de quien lleva más de tres años separada por la orden de alejamiento que, como medida cautelar, medida, fue pronunciada tras ser denunciada por el padre de la menor en 2019.

Los hechos se remontan al 7 de febrero de ese año, cuando su exesposo, con quien tiene dos hijos, la denunció por maltrato familiar y lesiones, luego de que el mayor de ellos se entregara a sus abuelos paternos, donde reside con su padre. y dijo que la madre lo agredió.

Según la acusación particular y la fiscalía, la madre fue a recoger al menor a su escuela y, una vez en casa, lo golpeó en varias ocasiones y lo sacudió hasta romperle el escote de la camisa, provocándole pequeños moretones en la espalda. la rodilla. y laceraciones superficiales en el cuello, tras lo cual fue expulsado de la vivienda, por lo que el menor buscó refugio en la casa de sus abuelos paternos, ubicada a unos 650 metros de la de su madre.

El Juzgado de lo Penal Número 2, sin embargo, sólo consideró probado que la madre, después de recoger a su hijo del colegio y llegar a casa, reprendió en reiteradas ocasiones la conducta del menor, llegando incluso a sujetarlo por la camiseta que llevaba puesta y rompiéndole «levemente» el cuello. mismo, pero no consideró acreditado que agrediera a la niña, por lo que la absolvió. La acusación particular y la acusación recurrieron esta sentencia ante la sección primera de la Audiencia Nacional, que los desestimó y confirmó «íntegramente» la condena de primera instancia.

Contra esta última decisión judicial no cabe recurso, por lo que la madre podrá volver a ver a su hijo en unas semanas, ya que desde febrero de 2019 solo puede comunicarse con él por teléfono, «siempre bajo la supervisión de la autoridad paterna». . familia», según el abogado defensor Fernando Cumbres.

declaración ampliada

Durante el juicio, la madre dijo que había estado enferma durante unos días, durante los cuales el menor estuvo en casa de sus abuelos paternos, por lo que cuando lo recogió del colegio, se sorprendió y quiso irse con sus abuelos o con él. su padre. Una vez en casa de la madre, la actitud de rechazo del menor fue más allá y comenzó a tirar cosas, por lo que ella lo tomó del brazo. Fue entonces cuando salió de la casa, pero negó estar herido o tener la camisa rota.

La defensa argumentó en el juicio que la conducta del niño respondía a “la instrumentalización que el padre y el abuelo paterno sufren en el menor con el único fin de enajenarlo y volverlo contra ella”, cuenta dada la mala relación que existe entre ambos. Los hechos se produjeron tras su divorcio y una denuncia de la mujer por amenazas en el ámbito de la violencia de género, por la que fue condenada en 2020 a 9 meses y 15 días de prisión, y la prohibición de acercarse a ella a menos de 200 metros durante tres años. .

La sentencia del tribunal correccional establece que la declaración del imputado es corroborada por los informes del médico forense y del psicólogo. En un comunicado conjunto, concluyen que el relato de la menor sobre la situación de maltrato «se amplía», ya que hay «lesiones mínimas más acordes con un forcejeo y un agarre que con una acción directa», pero no con las agresiones que describe. En el juicio, la psicóloga señaló que el niño está «más protegido en la casa de su abuelo», al margen del «conflicto familiar» y que incluso el pequeño «trató de decirle qué poner en su informe».

A la vista de los testimonios y pruebas, según la sentencia, “no ha quedado acreditado que el menor fuera agredido por su madre, más allá de ser atado por la camiseta y amonestado, ante una actuación de gran perturbación y perturbación del menor provocada por la existencia de trastornos de hiperactividad y por haber sido objeto de una relación conflictiva entre sus progenitores”.

El Ministerio Público exigió que la madre sea condenada a 75 días de trabajo en beneficio de la comunidad y la prohibición de acercarse a la víctima, a su escuela y a su casa a menos de 50 metros durante un año por un delito agravado por violencia física en el ámbito familiar , además de una indemnización de 160 euros en concepto de indemnización por los daños físicos y morales causados ​​al menor. Por su parte, la acusación particular pedía una pena de 9 meses de prisión, así como la prohibición de acercarse a menos de 50 metros del menor durante dos años y una indemnización de 130 euros al perjudicado por las lesiones sufridas y 1.000 más. por daño inmaterial.

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