Uno de cada cuatro hogares españoles tiene un perro en casa, un animal cuya presencia, según las estadísticas, ha aumentado «notablemente» tras la pandemia. Desde el 1 de enero, las mascotas forman parte de la familia y son consideradas por ley como un miembro más. Ahora los animales ya están protegidos por ley para que no puedan ser maltratados y las personas que quieran tener uno son responsables y deben responder por ellos.
Alrededor de las mascotas hay muchas preguntas y respuestas, desde vacunas hasta cuidados o cómo hacerlas felices.
Según un estudio que realiza cada año la Fundación Affinity y el Departamento de Psiquiatría y Medicina Legal de la Universitat Autònoma de Barcelona, especifica que en la actualidad hay registrados y registrados un total de trece millones de mascotas, lo que corresponde al 27,7%. Cifras que revelan el descontrol generalizado que existe sobre el control oficial de mascotas.
Como ya sabemos, la ley de bienestar animal está cargada de novedades que debes seguir para conseguir una mascota. Cursos para dueños de perros, algunos animales que ya no podrás tener en casa y otros que no podrás dejar solos en casa cuando superes un periodo de tiempo.
En el caso del registro de animales de compañía, gracias a esta nueva ley se ha establecido un “Sistema Central de Registros para la Protección de los Animales”. Un sistema que será instituido por un sistema nacional, ya que anteriormente estaba a nivel de las comunidades autónomas.
Cómo registrar nuestra mascota
Cada Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus competencias, integrará en este nuevo registro la información recogida en sus sistemas de información. Información que será recopilada por el veterinario habitual de su mascota.
Información que debemos incluir sobre nuestras mascotas
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Datos identificativos y sanitarios del animal.
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Si realizan actividades relacionadas con las actividades humanas -caza, empleo para los Cuerpos de Seguridad del Estado o actividad de pastoreo-.
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Debemos aportar si tenemos un animal de cría -si nos dedicamos a la cría-.
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Si decidimos abandonar al animal.
¿Qué animales debemos registrar?
La ley sólo prevé la obligación de identificar, mediante chip electrónico, a los perros, gatos y hurones; y por anillamiento, desde el nacimiento, hasta las aves.
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Contacto para la sección de Medio Ambiente: crisisclimatica@prensaiberica.es
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