El Tribunal Supremo ratifica la pena de 12 años de prisión para el hombre que mató a una mujer trans en Tenerife

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El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia por la que se impone la pena de 12 años y medio de prisión y el pago de 20.000 euros a los herederos de una mujer transexual a la que el imputado asesinó a finales de 2020 en la Costa del Silencio, en el municipio de Arona, en Tenerife.

El TS ha declarado inadmisible el recurso de casación al considerar que las anteriores decisiones de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), basadas en la decisión de un jurado popular, estaban suficientemente motivadas.

En fin d’année dernière, le TSJC a partiellement accepté son recours et réduit l’indemnité aux membres de la famille de 300 000 à 20 000 euros après avoir vérifié que la victime n’avait pas de relation affective ni de dépendance économique avec les tres hermanos.

Por tanto, la cuantía inicial fue calificada de «desproporcionada» y «excesiva» por el Tribunal Superior de Canarias.

El condenado esgrimió en vano ante la Corte Suprema argumentos como que no se encontró rastro de su ADN ni del de la víctima en el lugar donde se cometió el homicidio ni en su domicilio, que no se ha analizado la ropa de la víctima y que no tiene relacion con ella.

Dijo que una grabación de una cámara de seguridad en la que se le ve cargando el cuerpo del difunto no es evidencia suficiente para concluir una condena.

También apeló a la declaración de la hermana durante el juicio cuando dijo que la víctima tenía miedo de sufrir un ataque violento, por lo que se abre la posibilidad de que otra persona haya cometido el crimen.

La Corte Suprema, sin embargo, respalda decisiones judiciales anteriores en las que se afirmó que las pruebas sobre la mesa eran suficientes para condenar al acusado.

La indemnización por el asesinato de una mujer trans se reduce de 300.000 a 20.000 euros

El Tribunal Supremo considera que en primera instancia se construyó una sentencia sobre la paternidad del delito que califica de «argumentativa, lógica, coherente y que expresa el grado de certeza necesario para fundar cualquier condena».

El TS critica al Recurrente por repetir los mismos argumentos que planteó ante el TSJC y que fueron desestimados, por lo que concluye que el criterio del Jurado fue «suficientemente razonable y motivado» para justificar la decisión.

Si bien se admite que no hay evidencia directa de estrangulamiento, acto seguido se apela a lo dicho por un testigo que acompañaba a la víctima y al reo y que los dejó solos cuando ella salía del recinto, ubicado en el Shopping El Chaparral. Centro.

Evidencia de registros

En las cintas no vemos que otra persona ingresó al bar, luego observamos cómo el llamador arrastra el cadáver, lo que prueba que trató de defenderse del ataque.

“Estos hechos constituyen la opción más lógica y razonable y, en el presente caso, están respaldados por prueba directa y suficiente para concluirla, sumada a la ausencia de una explicación convincente por parte del imputado”, confirma el Tribunal Supremo.

El rechazo a la defensa de la intoxicación por drogas y alcohol se sustenta además al afirmar que “la ingestión de sustancias que afectan las capacidades de un individuo requiere acreditación efectiva no sólo del consumo sino también de la reducción de facultades, lo que en el presente caso no se produce” .

A finales de diciembre de 2020, Jordi CA, nacido en Soria, invitó a la víctima y a otra persona a un local que regentaba y que en realidad era una asociación cultural que funcionaba como karaoke, y que en ese momento estaba cerrado al público.

La víctima y el condenado permanecieron varias horas con el testigo consumiendo bebidas alcohólicas hasta que éste abandonó el lugar donde se encontraban los otros dos.

Luego, «por causas que no están probadas», los dos discutieron y culminaron con una agresión a la mujer, a quien, «con la intención de acabar con su vida», golpeó «reiterada y violentamente», estrangulándolo finalmente. a muerte.

El investigador ocultó entonces el cadáver en el mencionado establecimiento y en horas de la madrugada lo arrastró envuelto en una manta hasta uno de los pasillos interiores del centro comercial, donde finalmente fue encontrado días después en estado de descomposición.

El condenado dijo que habían consumido alcohol y hachís y que por ello no recordaba nada de lo ocurrido.

Sin embargo, esta versión contradice la expresada en la corte cuando aseguró que varias personas confrontaron a la mujer por motivos económicos y que trató de defenderla, pese a lo cual terminaron con su vida. Atribuyó el hallazgo del cuerpo y su traslado a un caso fortuito cuando iba a limpiar su local.

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