elecciones generales del 23 de julio

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Con la convocatoria a elecciones generales para el 23 de julio próximo, uno de los interrogantes es qué hacer si en estas fechas se programan viajes de vacaciones por la posibilidad de ser llamado a formar parte de una mesa electoral como presidente o vocal.

Además de tener lugar en julio, mes en el que el 30% de los españoles opta por irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente del Día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y es festivo en algunas comunidades, como como Galicia. , Castilla y León, Navarra y País Vasco.

Por tanto, la cuestión es si el hecho de haber comprado entradas o reservado alojamiento puede servir como excusa para no presentarse en un colegio electoral, en caso de recurso.

¿Cuándo se eligen los miembros de la junta?

Los presidentes y los miembros de las mesas, así como dos suplentes de cada uno de ellos, se eligen por sorteo entre los días veinticinco y veintinueve siguientes a la convocatoria, con arreglo a la ley. Es decir entre el 24 y el 28 de junio.

Las personas designadas tienen siete días para alegar ante el Consejo Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impide aceptar el cargo. El Consejo decidirá en el plazo de cinco días y notificará su decisión al interesado.

El Consejo Central Electoral emitió una instrucción en 2011 que contenía una lista de casos en los que se justificaría la excusa del candidato. Una lista abierta.

Dentro de este listado se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos, no hay duda sobre la causa de la ausencia, que se explica por sí misma, por lo que sólo hay que acreditar la circunstancia.

Cuando la justificación de la causa alegada dependa de circunstancias particulares, el Consejo Electoral de Zona es quien decide previo su análisis. Es decir, queda a su discreción.

No se incluyen en la lista anterior casos relacionados con el hecho de haber adquirido billetes o reservas de alojamiento con fines vacacionales. Por lo tanto, puede alegarse ante el Consejo Electoral de Zona, pero será este órgano el que decida.

Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se solicita no estar en la mesa electoral. Por lo tanto, cuanta más información proporciones, mejor.

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