El Supremo trata 29 casos concretos para definir definitivamente los efectos del «solo sí es sí» con riesgo de división

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En concreto, la Sala Penal examinará los criterios aplicados por las audiencias provinciales y los tribunales superiores de justicia de acuerdo con la norma promovida por la igualdad, reformada posteriormente tras el escándalo que produjo sus primeros efectos y que llevó incluso al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para disculparse con las víctimas por sus «efectos adversos».

Hasta el momento, las declaraciones del Tribunal Supremo no han afectado a estas sentencias firmes, pero ahora es el momento de analizar la validez de todas estas decisiones que los jueces españoles han adoptado en los últimos meses, obligados por la reforma de Montero y por el principio penal según que obliga a aplicar la ley retroactivamente siempre que beneficie al imputado. Para esta tarea están convocados un total de 15 magistrados que tendrán encima de la mesa 29 casos concretos, indicaron fuentes judiciales a EL PERÓDICO DE ESPAÑA.

Sánchez pide disculpas a las víctimas por la ley del ‘solo sí es sí’

Cada uno de los miembros de la Cámara es ponente de dos cuestiones, mientras que el presidente Manuel Marchena es ponente de una, según las mismas fuentes, que añaden que es muy probable que la división se produzca en alguno de los casos.

La nueva reforma penal que propugna el PSOE, y que ha provocado su enésima discrepancia con sus socios en el Gobierno unido de Podemos, permite evitar que futuros casos de agresiones sexuales desemboquen en penas más bajas. Para evitarlo, se introduce un subtipo en el delito de agresión sexual para reingresar en las circunstancias de violencia o intimidación.

El Tribunal Supremo aplazó este pleno hasta después de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo, porque es una norma no escrita en el alto tribunal para evitar causas de trascendencia política durante el periodo electoral. Sin embargo, no se pudo evitar que el caso se saldara definitivamente a dos meses de las próximas elecciones legislativas tras el adelanto electoral anunciado por Pedro Sánchez.

Examen para la oficina del fiscal

Entre otras cuestiones técnicas, deberá resolverse la validez del criterio adoptado por el fiscal general del Estado, Álvaro García, para intentar frenar la hemorragia en las ventas. Hasta el momento, la Corona ha presentado más de 230 apelaciones contra reducciones de sentencia y excarcelaciones ante el Tribunal Superior, informan los fiscales al periódico.

Las decisiones de los jueces sobre la reforma penal han tenido su primera revisión en los últimos meses por tribunales superiores, que muestran diferencias en los criterios de algunas de las primeras rebajas que han recibido los violadores. Así, por ejemplo, los tribunales superiores de Castilla y León, Andalucía o Baleares revocaron decisiones de las audiencias provinciales en coincidencia con la fiscalía, anulando las reducciones y excarcelaciones de varios delincuentes sexuales, mientras que en Madrid, su tribunal superior fue categóricamente ignorando las instrucciones dadas a los fiscales por Álvaro García.

‘Horquillas’ de las Penas

Estas instrucciones, que ahora delimitará el Tribunal Supremo, implican que en los supuestos en que la pena impuesta también sea imponible según la normativa resultante de la reforma, la pena no será revisable. El objetivo es analizar los distintos rangos de penas de prisión para cada uno de los delitos, y valorar si se pueden seguir manteniendo los años de prisión inicialmente dictados tras el correspondiente juicio al agresor sexual.

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Otra de las cuestiones que ahora debe valorar definitivamente el Tribunal Supremo es la posibilidad de aplicar a los casos de condena por violencia sexual lo dispuesto en el artículo 2 de la disposición transitoria segunda del Código Penal, tanto en las redacciones de 2015 que en 2022, una posibilidad que para muchos abogados no es más que un «parche» dado que la norma impulsada por el Departamento para la Igualdad no establecía ninguna norma de estas características al final de su articulado.

Según la Fiscalía General, la posibilidad de aplicar esta normativa transitoria y evitar rebajas de pena para los delincuentes sexuales parece ser el criterio seguido por el propio alto tribunal en hasta siete resoluciones en los últimos meses. Si el Pleno lo confirma, supondrá un aval a la reacción -en forma de circular enviada a todos los fiscales de España- con la que Álvaro García ha intentado frenar el escándalo de las reducciones y liberaciones desde que empezaron a hacerse públicas.

El debate del consentimiento

Si hay algo en lo que el Tribunal Supremo es claro, como ya lo ha señalado en diversas sentencias que han fallado en casación sobre casos que aún no estaban firmes, es en afirmar que el consentimiento de la mujer siempre ha estado en el ámbito Penal. Código, que parece contradecir las posiciones de la ministra de Igualdad, Irene Montero, que defiende con fuerza su proyecto inicial de “poner el consentimiento en el centro” y permitir así que el Estado proteja a las mujeres.

En todas estas sentencias, el Tribunal Supremo admite que antes de la Ley de Igualdad, el consentimiento no había sido previamente tipificado en nuestra legislación en materia de delitos sexuales. Sin embargo, señala que ello no significa que “la jurisprudencia aún no haya entendido que ese consentimiento fue sustancial” para juzgar las violaciones.

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