El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama procesó a Pompeyo González Pascual, el pensionista de 74 años detenido en Burgos por enviar seis cartas que contenían explosivos, en noviembre del año pasado, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles , en las instalaciones de la empresa Instalaza en Zaragoza, en las embajadas de Estados Unidos y Ucrania en Madrid y en el centro satélite de la base aérea de Torrejón de Ardoz.
En su auto, el magistrado atribuye el delito de terrorismo a Pompeyo González Pascual porque, si bien no consta que pertenezca o colabore con una banda o grupo terrorista organizado, los hechos que se le imputan, el contexto en el que se ocurrir (la guerra de Ucrania), la factibilidad de detonar los artefactos (como sucedió en el caso de la embajada de Ucrania) y los destinatarios de sus acciones, «la prueba de que en la mente de dicho acusado está tanto el objetivo de alterar el paz pública, de transmitir el mensaje de que nos encontramos ante actuaciones realizadas por personas vinculadas a Rusia como represión de los intereses de España y Estados Unidos por su apoyo a Ucrania frente a la ocupación rusa, como por ejemplo obligar a los autoridades públicas de nuestro país a abstenerse de cualquier apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la ‘agresión rusa’.
En su resolución, el magistrado detalla todos los indicios que sitúan al investigado como autor del cargamento de los explosivos, incluido el ingreso y registro de su domicilio, donde se encontraron varias varillas cilíndricas que pueden corresponder al mismo tipo de cilindros. . que albergaba en su interior el pistón incendiario de los artefactos explosivos improvisados; varios tornillos, así como resortes similares al «percutor» que se usaba en dispositivos incendiarios; y taladros con brocas de precisión similares a las utilizadas para su producción.
tu ADN
Otra de las pruebas, dice la orden, indica que en los diversos rastros de ADN encontrados en los artefactos, aparece el mismo perfil genético que corresponde a un varón. Una vez establecido un dispositivo de vigilancia en Pompeyo González Pascual, se recogió una bolsa de desechos que depositó en un contenedor cerca de su domicilio y la trasladó a las oficinas de la Comisaría General de Policía Científica, donde se realizó un análisis de las muestras de ADN encontradas en su interior. “El informe de ADN de la Comisaría General de Policía Científica (…) confirma que el ADN extraído de los restos dejados por Pompeyo González Pascual coincide con el perfil genético recogido en las estampillas y en las distintas partes internas de los artefactos explosivos, » dijo.
Además, aclaró el juez, los sobres de cartón dirigidos al Ministerio de la Presidencia, la Embajada de Estados Unidos y Torrejón, que no explotaron, fueron cancelados parcialmente por los Centros de Tramitación Automatizada (CTA) de Valladolid. Las imágenes captadas por las cámaras de seguridad de este centro revelaron que allí se habían tratado los siguientes artefactos.
Una vez realizada la trazabilidad de estos sobres en sentido inverso a los camiones de reparto, el coche prosigue, las rutas seguidas nos han permitido comprobar que los envíos anteriores pueden haber salido de diferentes buzones exteriores en la ciudad de Burgos. Asimismo, el análisis de los sellos estampados determinó que los únicos dos puntos de venta donde se podían adquirir eran dos estancos ubicados en las calles San Pablo y Sombrerería de dicha ciudad.
Otro indicio indica que las características de los sobres utilizados para los envíos llevan a una web que comercializa sus ventas online (www.sobres.es), donde lo compró Pompeyo González Pascual. Precisa el juez que entre junio y julio de 2022, el imputado adquirió un kilo de nitrato de potasio puro, cable con mecha, interruptores y filamentos de cobre, y bombillas incandescentes. Y que entre octubre y noviembre también compró pegatinas de 100 x 50 mm, bisagras de 25 x 23 mm, todo tipo de tornillos, taladros de precisión, plantillas para dibujar los números y el abecedario, así como plantillas para dibujar números y letras. del abecedario, etc… El juez constata que estos productos comprados y los utilizados coinciden.
El terrorismo y la fabricación de explosivos
Para el juez, los hechos constituyen un delito de terrorismo, y resultó herido uno de los trabajadores de la embajada de Ucrania, y otro de fabricación y uso de artefactos explosivos, inflamables o incendiarios con fines terroristas. Los dos delitos se atribuyen al imputado en su forma agravada, dado que los envíos iban expresamente dirigidos al Presidente del Gobierno y al Ministro de Defensa con su nombre y apellidos.
Calama retoma la doctrina de la Corte Constitucional y Suprema que considera terrorista una acción aunque no aparezca vinculada a la existencia de una banda organizada cuando, por su naturaleza, tiende y tiene entidad suficiente para alterar gravemente a la población la paz, es decir, la posibilidad de crear una situación de alarma o inseguridad en la población configurará la acción como terrorista.
Su objeto, añade, se reafirma en la persistencia en la ejecución de las acciones y el contenido de las páginas web consultadas por la demandada, entre las que se encuentran el portal ruso de noticias russiatoday.com; el denominado “diario digital mundial sobre armas en español” www.armas.es, así como las páginas www.quimica.es y sputniknews.com.
La acusación garantiza que existen indicios racionales para entender que Pompeyo González Pascual adquirió, entre otras sustancias, clorato de potasio, azufre y pólvora, elaborando con estas sustancias los artefactos explosivos que ‘enviaba luego por correo a los citados lugares, con el objeto de perturbar gravemente la paz pública. Dentro de estos casquillos introdujo balas de plomo a modo de metralla para aumentar el riesgo de lesiones. “Así pues, tal conducta, prima facie, es incardinable en el tipo penal de que se trata”, concluye.
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