La sentencia pronunciada este jueves por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por la petición de seis de los demandantes de renovar el Consejo de la Judicatura, dividió a este órgano europeo, cuyo fallo recogió dos votos individuales. En uno de ellos, aunque de acuerdo con la decisión de ver una vulneración de derechos en el papel desempeñado por nuestro Tribunal Constitucional, la magistrada española María Elósegui va más allá que el resto de sus compañeros y advierte expresamente que la «disfunción» creada por el bloqueo político no es conforme a derecho.
Elósegui llega a esta conclusión porque, según él, los candidatos tienen derecho a una decisión sobre su nombramiento en el CGPJ. Y recuerda que el «no respeto» de las leyes, el procedimiento de renovación de la composición del órgano de gobierno de los magistrados, puede tener un impacto significativo en el funcionamiento de la justicia y el cumplimiento por parte del Estado demandado de sus responsabilidades en el marco del sistema judicial Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El voto particular de esta magistrada ha suscitado preocupación en algunos sectores del Consejo, según fuentes consultadas por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del Grupo Prensa Ibérica, que creen que trató de introducir opiniones rechazadas por la mayoría por no tener relación con el debate, lo que no fue otro que determinar si el portazo de la Corte Constitucional violó sus derechos de acceso a la justicia.
“El hecho de que el Parlamento tenga un margen de apreciación en relación con los resultados y el hecho de que esta elección no se base únicamente en criterios de capacidad y mérito, sino en la valoración de otras capacidades que los políticos de los partidos consideren conveniente incluir, no no impide que el bloqueo de estos nombramientos sea conforme a derecho, ya que la renovación de este órgano es obligatoria de acuerdo con la Constitución y la ley orgánica del Poder Judicial”, precisó Elósegui durante su voto personal.
Así, y aunque está de acuerdo con el criterio de la mayoría, considera que la petición impulsada por seis miembros del Colegio de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria, «va mucho más allá porque toca la esencia misma de la independencia del poder judicial». ”.
Vacantes en la cima de la carrera.
Elósegui también alude a la incapacidad del Consejo de la Judicatura para realizar nombramientos al frente de la carrera desde marzo de 2021, situación que genera una “cadena de interrupción de todo el sistema judicial”. En total, «hay 80 vacantes en estos tribunales superiores», acaba de precisar.
Este magistrado añade que actualmente hay «solo» 17 de los 21 miembros elegidos para formar parte del CGPJ, en referencia a la jubilación de Rafael Fernández Valverde, la muerte de Victoria Cinto, la dimisión de Carlos Lesmes y la dimisión de Concepción Sáez.
Por otro lado, critica que el Gobierno español no haya explicado de forma «convincente» ante el TEDH el motivo de la disputa que, a su juicio, «resulta de la omisión manifiestamente ‘ilícita e injustificada’ de determinados actos en continuar el proceso de elección de miembros del CGPJ no merecía tutela judicial.
Como parte de la sentencia, también hay una opinión disidente firmada por los magistrados Carlo Ranzoni (Liechtenstein), Mattias Guyomar (Francia) y Mykola Gnatovskyy (Ucrania).
Los firmantes están en contra de la sentencia aprobada por mayoría, por considerar que no se ha vulnerado el derecho de los seis magistrados de la AJFV a un juicio justo. Aunque consideran que los hechos denunciados son “deplorables” y “afectan negativamente” al funcionamiento de la justicia española, consideran que no ha habido vulneración del Convenio Europeo.
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