Este viernes entran en vigor los nuevos permisos para facilitar la conciliación y el cuidado de familiares o convivientes, así como el permiso retribuido de quince días en caso de unión de hecho registrada, tal y como existe para los matrimonios. Estas medidas fueron recogidas por el Gobierno en el decreto anticrisis aprobado por el Consejo de Ministros el pasado martes. Los permisos de conciliación estaban previstos en la ley de familia diseñada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y que no pudieron tramitarse por el recurso electoral.
Tal y como señala el Gobierno en el decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se trataba de una exigencia de una directiva europea que debería haber sido transpuesta antes de agosto del año pasado, por lo que ya se había recibido una carta de la Comisión otorgando un nuevo mandato -que expiró en unos meses- y había riesgo de multa. El primer permiso retribuido da derecho a ausentarse del trabajo hasta cuatro días al año por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos urgentes relacionados con familiares o convivientes, en caso de enfermedad o accidente que haga imprescindible su presencia inmediata.
Habrá también cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo en el domicilio para la pareja, parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad o convivientes que requieran cuidados. La tercera medida es un permiso parental de ocho semanas que puede disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede utilizar, por ejemplo, en los meses de verano o durante los procesos de adaptación en las guarderías en septiembre.
De acuerdo con las nuevas reglas, el trato desfavorable otorgado a mujeres u hombres para el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad constituirá discriminación por razón de sexo.
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