Robo en restaurante con estrella Michelin | Ex sumiller de Mugaritz condenado a 2 años por haberse apropiado de botellas de vino del establecimiento

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Guillermo Cruz (Mejor Sumiller de España 2014) fue condenado a dos años de prisión por haber desviado botellas de vino de alta gama del restaurante Mugaritz de Errenteria (Gipuzkoa), donde trabajó entre 2012 y 2019 y llegó a ocupar el puesto de sala gerente y sumiller.

Además de esta pena de prisión, la sentencia del juzgado de Gipuzkoa, a la que tuvo acceso EFE, obliga a Cruz a indemnizar al restaurante del chef Andoni Luis Aduriz con 22.487 euros, más los intereses correspondientes.

Asimismo, impone el pago de las costas procesales, incluidas las de la acción privada iniciada por la empresa propietaria de Mugaritz, local que cuenta con dos estrellas Michelin.

Durante el juicio por estos hechos, celebrado el pasado mes de enero, Mugaritz reclamó cuatro años y medio de prisión para Cruz, así como un total de 61.370 euros por diferentes ventas de botellas a dos empresas, así como por otras que el sumiller se habría quedado «para el mismo». La fiscalía pedía dos años y tres meses de prisión y una indemnización de 31.854 euros.

Por su parte, el imputado admitió en la vista que había vendido botellas «a terceros», pero sostuvo que le pertenecían y que «todo era conocido y pactado» sobre la propiedad del restaurante.

También sostuvo que tenía «su propio nicho» en el almacén del local y que incluso «compraba» algunos al propio establecimiento porque «era una de las ventajas que tenían los empleados», procedimiento por el cual llegó a adquirir «más de 200 botellas» en el restaurante que pagó «en efectivo» al cajero.

Sin embargo, la sentencia judicial considera ahora que el sumiller «no estaba autorizado a vender en su beneficio las botellas de vino del restaurante», pese a lo cual «procedió a la venta de diferentes lotes», cuyos importes fueron anotados en una cuenta bancaria «de su propiedad exclusiva».

Sin embargo, la sentencia no da por probado que todas las botellas incluidas en los lotes pertenecieran a Mugaritz, sino sólo un grupo de ellas, cuyo valor asciende a 22.487 euros, y sobre las que el restaurante logró acreditar su propiedad mediante «facturas «. compras».

«Consideramos -explica el texto judicial- que ello constituye un principio de prueba suficiente para deducir racionalmente que se trata de las mismas botellas que luego vendió el demandado», todo ello también «en función del vino, la añada y el -en muchos casos – «inmediatez relativa» entre su compra por la empresa Mugaritz y la venta realizada por la demandada.

La resolución también indica que el sumiller «no documentó ni acreditó de ninguna otra forma que las botellas de vino que vendía fueran de su propiedad», ya que se limitó a declarar que «él mismo las compró en el restaurante, las pagó en efectivo, o los compraba a terceros o se los regalaba por su trabajo como sumiller”.

Esta última afirmación que es «absolutamente insuficiente» para probar su inocencia porque es «huérfano de cualquier aval», según la sentencia, que también recuerda al imputado que no ha probado «de ningún modo» que tuviera permiso de la titularidad del restaurante. vender las botellas «en privado».

El tribunal también rechaza el argumento de la demandada de que la venta de las botellas era «plenamente conocida, aceptada y consentida» por la propiedad, una afirmación inverosímil debido al «alto valor» de casi todos estos artículos.

El texto legal especifica que no hay testigos de que esta práctica fuera cierta, como podrían haber sido «los otros sumilleres que trabajaban en el restaurante» cuando ocurrieron los hechos.

Asimismo, la resolución considera «la acreditación mínima rápida», la alegación del imputado de que el restaurante le facilitó algunas de las botellas «como pago en especie de las charlas, clases y conferencias que impartía como reputado sumiller». .

No obstante, la sentencia también recuerda que el acusado tenía su propio «nicho de bodega en el restaurante» por lo que tampoco es «absurda» la hipótesis de que ciertas botellas que vendía, y de las que Mugaritz no aportó factura, fueran suyas. ilógico o absolutamente rechazable”.

Esta condena no es firme, por lo que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).

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