La Justicia desestimó el recurso de la Junta de Extremadura ante una resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca que confirmaba la prohibición a los agricultores de la comunidad autónoma de ampliar las hectáreas dedicadas a la producción de cava por riesgo de perjudicar la denominación de origen de protección de origen. Así lo recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que tuvo acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, y que está fechada el 24 de marzo, dos meses antes de las elecciones autonómicas que encabezó el Partido Popular de María. Guardiola y Vox al gobierno de la región.
En esta documentación judicial consultada por este periódico, los magistrados de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid decidieron dar prioridad a los criterios recogidos en la resolución de 26 de marzo de 2021 publicada por la Dirección General de Producciones y Mercados del Ministerio de Agricultura de acuerdo con lo recomendado por el Consejo Regulador de la propia denominación.
La resolución de 2021 impugnada por el Consejo establece la limitación de las autorizaciones de nuevas plantaciones así como las restricciones de las autorizaciones de replantación y conversión de derechos de replantación para la denominación de origen protegida “Cava”. Un dictamen que, como declaró en su momento la Unión de Agricultores y Ganaderos de Extremadura, «hipoteca el crecimiento de la producción de cava extremeño», por lo que el sindicato solicitó al Consejo que recurriera judicialmente la decisión.
Los cavas extremeños cerraron 2022 con récord de ventas y cerca de 2.200 millones de facturación
Apenas tres meses después, la Junta de Extremadura interpuso recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que fue desestimado en 2023. El Gobierno de Extremadura informó a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA que ya había interpuesto recurso ante el Tribunal Supremo y que lo hizo porque hasta el momento la justicia se ha puesto del lado de ellos y en esta última decisión el TSJM “se desvía de sus anteriores pronunciamientos y mantiene, contrariamente a lo adoptado anteriormente, la validez de la resolución que impuso restricciones a la plantación de nuevos viñedos”. .
“Riesgo significativo de devaluación”
A pesar de la decisión de limitar nuevas cosechas, en 2022 los productores de la Denominación de Origen Cava cerraron el año con un nuevo récord de ventas, alcanzando los 249 millones de botellas (un 4,5% más que en 2021) y una facturación de 2.192 millones de euros (un 15% más). que el año anterior).
En esta resolución ministerial se incluyó como restricción que las nuevas tierras para siembra “serán, como máximo, 0,1 hectáreas para los años 2020, 2021 y 2022”. De esta forma, explica el documento, “no se concederá ninguna solicitud de autorización de replantación de viñedos o conversión de derechos de replantación, que afecten su producción a la elaboración de vinos con denominación de origen protegida ‘Cava’, entendiéndose que esta puede implicar un riesgo de devaluación importante de estos últimos”.
Tal y como se explica en el razonamiento de la sentencia, lo que diferencia a la Denominación de Origen Cava de las demás es su «dispersión territorial», ya que se extiende sobre 159 municipios «correspondientes a siete comunidades autónomas».
A pesar de que, como nos recuerdan los argumentos de defensa de la junta, Extremadura es la tercera región más importante dentro de la denominación, es también la única comunidad autónoma que se ha opuesto a lo recomendado por la denominación de origen Cava, ya que ni la junta de Andalucía, la Generalitat de Cataluña, ni los gobiernos de La Rioja y Baleares plantearon oposición alguna en sus informes. Tampoco la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Criadores (COAG).
informes cruzados
No obstante, el Consejo argumentó ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Madrid que «los informes justificativos de las restricciones a las autorizaciones de replantación y conversión de derechos de plantación no concluyen que exista un riesgo probado de desvalorización de la Cava DOP y contienen errores».
Informes contra la expansión de cultivos hablan de ‘riesgo de sobreoferta’
Por su parte, el fiscal justifica la decisión tomada en 2021 por el Ministerio de Agricultura asegurando que «la recomendación fue presentada por el Consejo Regulador de la denominación con un informe exhaustivo elaborado por varios profesores y catedráticos de la Universidad de La Rioja y la Universidad Rovira i Virgili, que se basaba tanto en el riesgo de una oferta excesiva de productos vitivinícolas en relación con las perspectivas del mercado, como en el riesgo de una importante devaluación». Durante el proceso, también critica a Extremadura que su solicitud contiene datos de 2017.
Esta diversidad de opiniones dentro de la propia denominación de origen, lejos de ser nueva, pone de manifiesto las dos posturas que existen dentro de ella, y, de momento, parece que predomina quien cree que el camino para crecer es aumentando la calidad y no. la cantidad.
«Crecimiento espectacular»
En el informe de la Universidad de La Rioja y La Rovira y Virgili se justifica esta situación de importante riesgo de devaluación explicando, por ejemplo, que durante los años anteriores a su informe, el incremento de hectáreas cultivadas no se correspondía con un mismo crecimiento en volumen de ventas durante el mismo período.
Según los datos que hizo públicos la propia Denominación de Origen en marzo de este año, 2022 ha sido un año «muy positivo» para el cava e incluso se han superado las previsiones de crecimiento facilitadas por la organización. Javier Pagés, presidente de la Denominación, aseguró hace apenas unos meses que el año pasado fue el que confirmó definitivamente la «recuperación» del sector tras el «espectacular crecimiento» ya registrado en 2021 y que se tradujo en un año aún mejor que los inmediatos. anterior a la pandemia.
nuevo recurso
En contacto con este diario, la Junta de Extremadura ha explicado que contra esta decisión judicial ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, entre los motivos de impugnación de las resoluciones, la Junta de Extremadura «defiende la falta de aprobación del acuerdo antes de la recomendación entre los representantes interesados de la zona geográfica de que se trate».
El Consejo recuerda que varias de las causas de litigio ya han sido invocadas en el procedimiento anterior y, singularmente, han sido estimadas por el TSJ de Madrid, «refiriéndose a lo declarado por la Junta de Extremadura».
Sin embargo, ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid «se aparta de sus propias declaraciones contenidas en los laudos de 2020 y 2022, incluso sin citar este último de ellos en su presentación».
En esta línea, precisan desde el Consejo, “es importante recordar que la misma Sala en 2020 confirmó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura contra la misma resolución de 27 de diciembre de 2017, limitaciones/restricciones 2018, y condenado a cancelar el procedimiento durante la audiencia antes de haber obtenido, en su caso, el acuerdo previo de todos los representantes interesados en la zona geográfica de que se trate”.
Esta misma resolución fue dictada por este juzgado ante el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Extremadura, anulando la resolución de 13 de diciembre de 2019, por falta de adecuación de la recomendación por falta de acuerdo previo entre las partes. interesados partidos representativos del ámbito geográfico (limitaciones/restricciones 2020-2023), recuerda el ejecutivo siempre desde Extremadura.
“Del mismo modo, esta última sentencia de 2023 afirma que no se registra la oposición del sector de Almendralejo y, además, la Sala entiende que no es necesario contar con el acuerdo previo de la zona sub-Almendralejo, como parte representativa relevante de el ámbito geográfico de la DOP CAVA”, añade el Ejecutivo extremeño, que añade que es precisamente “en este punto en el que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se aparta de sus anteriores sentencias y mantiene, contrariamente a lo adoptado anteriormente , la validez de la resolución por la que se imponen restricciones a la plantación de nuevos viñedos de esta denominación de origen”.
“Además, y sobre la primera de las cuestiones mencionadas, cabe señalar que existen numerosas reuniones organizadas por la Junta de Extremadura con representantes del sector, en las que siempre han manifestado por unanimidad su disconformidad con ellos”, especifica la Junta . ., que defiende que «ha mantenido expresa y decididamente los intereses del sector del cava en los últimos años».
“Y, aunque no podemos adelantar la posición del nuevo ejecutivo autonómico, estamos convencidos de que dará continuidad al trabajo desarrollado hasta la fecha por la Junta de Extremadura en interés y defensa del sector de nuestra comunidad autónoma”, concluye el comunicado. de la junta
.