En la antesala de la votación en general prevista para la madrugada, el Gobierno nacional introdujo modificaciones clave en el proyecto de reforma laboral que se debate en el Senado.
Según confirmaron fuentes libertarias, habrá una reducción en los topes de los aportes compulsivos a gremios y cámaras empresariales, aunque finalmente no se fijará una fecha para que dejen de ser obligatorios.
La decisión generó tensión en los sectores dialoguistas, pero terminó validándose un esquema que mantiene el financiamiento obligatorio, aunque con límites más bajos.
Aportes con topes más bajos, pero sin fecha de vencimiento
Durante la jornada circularon distintas versiones, pero se confirmó que los aportes compulsivos contemplados en el dictamen de mayoría tendrán topes reducidos.
Sin embargo, a diferencia de lo que indicaba el texto previo, no habrá una fecha de caída establecida (que inicialmente era a los dos años) y el financiamiento continuará vigente.
La discusión generó nerviosismo, especialmente cuando trascendió que el nuevo guiño podía favorecer a sindicatos por sobre empresarios. Desde el sector dialoguista pidieron un trato equitativo para todas las partes involucradas.
Un argumento que se escuchó en los pasillos de la Cámara alta apuntó a que existen gremios demasiado pequeños que, de eliminarse los aportes dentro de dos años, enfrentarían una crisis irreversible que pondría en riesgo su subsistencia.
Qué establecía el artículo original
Hasta el mediodía de este miércoles, la redacción del proyecto señalaba que, a partir de la sanción de la ley, los aportes y contribuciones patronales previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo en beneficio de cámaras empresariales no podrían superar el CERO Y MEDIO POR CIENTO (0,5%) de las remuneraciones de los trabajadores.
En paralelo, los aportes a favor de asociaciones de trabajadores —válidos tanto para afiliados como no afiliados comprendidos en el convenio— no podrían exceder el DOS POR CIENTO (2%) de los salarios.
Además, el texto excluía las cláusulas que otorgaran beneficios adicionales en función de la afiliación sindical.
El punto más relevante estaba al final del artículo: desde el 1 de enero de 2028, los aportes patronales destinados a cámaras empresariales pasarían a ser estrictamente voluntarios para el empleador.
Es decir, no podrían imponerse de manera obligatoria mediante cláusulas convencionales, y tampoco serían exigibles a empleadores que no fueran socios o asociados a las cámaras beneficiarias.
Ese esquema finalmente será modificado y, según anticiparon, el oficialismo comunicará en el recinto que los aportes continuarán siendo obligatorios, aunque con topes más bajos.
Durante el debate informal se mencionó incluso el caso de sindicatos que percibían hasta un 6%, algo que fue calificado como un “delirio” por un senador dialoguista, quien cuestionó que con ese nivel de ingresos ni siquiera necesitaban esforzarse por sumar afiliados.
El traspaso de la justicia laboral a la Ciudad
Otro punto relevante que se incorporará es el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad, que quedará como un anexo del proyecto.
Desde La Libertad Avanza indicaron que esta cuestión, vinculada a los artículos 79 y 91 del dictamen de mayoría, tendrá modificaciones y será ubicada al final del texto, como una especie de agregado.
La maniobra recibió críticas porque, según algunos legisladores, debería haberse ampliado el temario de las sesiones extraordinarias, otorgarle ingreso formal con estado parlamentario, tratamiento en comisión y, recién después, su debate en el recinto.
Billeteras virtuales: por ahora, afuera
También se analizó si las billeteras virtuales podrían intervenir en el depósito de haberes de trabajadores. Por el momento, la respuesta es negativa.
No obstante, se indicó que el Banco Central podría emitir en el corto plazo regulaciones específicas que habiliten una ventana para que las plataformas más sólidas puedan participar en el futuro.
La votación en general se espera para la madrugada, en una sesión que se anticipa extensa y con fuerte impacto político y sindical.






