La reforma laboral impulsada por Javier Milei ya es ley. El Senado le dio sanción definitiva con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones, luego de que el proyecto también fuera avalado por la Cámara de Diputados.
La norma introduce modificaciones de fondo en el esquema laboral argentino y vuelve a encender la discusión sobre el equilibrio entre generación de empleo y resguardo de derechos.
El debate parlamentario estuvo acompañado por movilizaciones sindicales y críticas de organizaciones sociales, que alertaron sobre un posible retroceso en garantías laborales.
Desde el oficialismo, en cambio, sostienen que el objetivo es combatir la informalidad y estimular el trabajo registrado.
El texto aprobado está integrado por 218 artículos y redefine aspectos vinculados a despidos, jornada laboral, negociación colectiva, derecho a huelga y nuevas modalidades de contratación.
Cambios en las indemnizaciones por despido
Uno de los ejes centrales de la reforma es el esquema de despido sin causa. La indemnización no desaparece, pero se modifican las pautas para calcularla.
De ahora en más, no se tomarán en cuenta el aguinaldo, los premios extraordinarios ni los bonos por objetivos.
También se fija un límite: la compensación no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable.
Para las pequeñas y medianas empresas se habilita la posibilidad de cancelar el monto en hasta 12 cuotas.
Además, la ley permite la creación de fondos de cese laboral, financiados con aportes patronales, pensados para afrontar futuras desvinculaciones.
Mientras el Gobierno argumenta que esto otorga previsibilidad, los gremios advierten que implica un menor costo ante un despido.
Jornada laboral, banco de horas y vacaciones
Entre las novedades aparece el denominado banco de horas, un mecanismo que permite compensar horas extra con francos en otro momento, siempre que se respete el tope semanal y el descanso entre jornadas.
La jornada diaria podrá extenderse hasta 12 horas, sin exceder el máximo semanal establecido por la normativa anterior.
En relación con el descanso anual, las vacaciones podrán dividirse en tramos no menores a siete días.
Por otra parte, el período de prueba se amplía hasta 12 meses en empresas de hasta cinco empleados. Durante ese tiempo, el empleador puede extinguir el vínculo laboral sin pagar indemnización.
Nuevas reglas para huelgas y sindicatos
El derecho a huelga incorpora límites más estrictos en actividades catalogadas como esenciales o de interés público.
En esos casos, el porcentaje de trabajadores que deberá garantizar prestaciones mínimas podrá llegar hasta el 75 por ciento, según el sector.
Las asambleas dentro del ámbito laboral requerirán autorización del empleador. Además, los bloqueos de establecimientos serán considerados injuria laboral grave, lo que habilita el despido con causa.
En materia sindical, se mantienen los aportes patronales destinados a las obras sociales y la cuota sindical obligatoria por dos años.
Sin embargo, se elimina la llamada ultractividad de los convenios colectivos: una vez vencido un acuerdo, deberá renegociarse, dando prioridad a los convenios por empresa por sobre los sectoriales.
Plataformas digitales y regularización de empleo
La ley incorpora una figura específica para quienes realizan tareas mediante plataformas digitales: el trabajador independiente, encuadrado fuera de la Ley de Contrato de Trabajo.
De este modo, podrán celebrarse contratos de servicios sin que exista relación laboral formal.
Al mismo tiempo, se eliminan multas por irregularidades en el registro de empleados, dentro de un esquema orientado a facilitar la regularización sin sanciones penales.
Con esta sanción, el panorama laboral argentino entra en una nueva etapa. El impacto real de los 218 artículos aprobados comenzará a medirse en los próximos meses, en un escenario donde la discusión entre empleo y derechos seguirá ocupando el centro de la escena.






