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La Fiscalía pide al juez Llarena que dicte una nueva euroorden contra Puigdemont

Por si, tras las elecciones y según el reparto de escaños, alguien tiene dudas sobre la situación procesal en la que se encuentran el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el «exconsejero» que le acompañó en la fuga Toni Comín, el Ministerio Fiscal ha querido aclarar que ambos tienen pendiente una denuncia por los delitos de desobediencia y malversación de fondos en su modalidad más grave. Por ello, ese mismo lunes instó al juez Pablo Llarena a dictar una nueva orden de detención y una nueva Euro-orden en su contra para que, tras perder la inmunidad europea, pudiera ser detenido mientras viajaba por Europa.

Clara Ponsatí vuelve a Cataluña y anuncia su propia «detención ilegal»

El propio Puigdemont no desaprovechó la ocasión para subrayar la proximidad de la demanda fiscal a la celebración de elecciones y utiliza la ironía para decir en inglés «un día sois decisivos en la formación del Gobierno español y al día siguiente exigen vuestra detención», en la red social que desde el lunes se llama X.

El tuit del «expresidente» se debe a que el Ministerio Público solicitó este lunes que se dicte una orden internacional de búsqueda y captura, por si fuera necesario tramitar una solicitud de extradición en su contra, así como una orden europea de detención y entrega de los dos acusados ​​en rebeldía a los que les retiró la inmunidad la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea al aprobar la solicitud formulada por el juez Llarena por su responsabilidad en los «juicios».

El «exministro» de Cultura Lluís Puig, procesado por los mismos delitos, al no ser diputado europeo, no tenía inmunidad. Así, el magistrado podría haber ordenado su detención nuevamente ya que el Tribunal de Justicia de la UE se pronunció sobre las euro-órdenes y le dio la razón ante la justicia belga que se negó a entregarlo, pero aún no lo ha hecho.

no falles

Aunque la decisión del Tribunal General que retiraba las inmunidades a los eurodiputados puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión, como ya han anunciado Puigdemont y Comín, la impugnación no tiene efecto suspensivo, por lo que teniendo en cuenta la situación personal de ambos -prófugos y en rebeldía- el Fiscal General considera oportuno volver a dictar órdenes de detención internacionales y europeas contra los dos imputados por los delitos a los que se refiere el auto de 12 de enero de 2020. 23, cuando en su acusación se aprobó la reforma legislativa que implicaba la derogación de la sedición y la reforma de la prevaricación.

La fiscalía recuerda en su escrito de cuatro páginas que los hechos de malversación por los que se reclama a Puigdemont y Comín son los más graves previstos por la legislación y prevén penas de hasta 12 años de prisión por la cantidad de dinero que malversaron para la celebración del referéndum ilegal del 1-O. El desfalco es uno de los delitos incluidos entre los de corrupción y se encuentra entre los previstos para la entrega casi automática de los reclamados.

La decisión de Llarena

En cualquier caso, la última palabra sobre la petición del fiscal está ahora en manos del juez Llarena, que puede dictar inmediatamente las nuevas órdenes de detención o tomarse su tiempo como hace con Lluís Puig. Fuentes de la Alta Audiencia consultadas por este diario no consideraron descabellado esperar a que el TJUE se pronuncie sobre las medidas provisionales que previsiblemente invocará Puigdemont en el recurso que anunció.

De esta forma, no habría riesgo de tener que volver a tomarlas por precaución en caso de estimación de estas medidas. Estas fuentes estimaron que el Tribunal Superior Europeo tardaría alrededor de un mes en pronunciarse sobre estas medidas que, de ser rechazadas, permitirían ordenar la detención del expresidente catalán antes de las próximas elecciones europeas, en las que ya ha anunciado su intención de presentarse.

La situación de los dos o de Puig es distinta a la de la tercera eurodiputada procesada por el «juicio»: Clara Ponsatí, que forzó su detención este lunes mientras cruzaba de nuevo Barcelona, ​​a pesar de la orden de detención española dictada contra ella por la jueza Llarena para realizar declaración de instrucción por el delito de desobediencia que se le imputa. Dado que este delito no prevé penas de prisión, la detención de la eurodiputada sólo interviene para realizar el procedimiento en curso e imprescindible para continuar con el procedimiento en su contra. Bajo ninguna circunstancia irá a la cárcel. La única duda es si podrá hacerlo a instancias del Barcelona o habrá que trasladarlo al propio Tribunal Supremo.

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¿Qué será de Carles Puigdemont? La justicia europea decide el futuro del «expresidente»

La justicia europea ha tardado en llegar. El entorno del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont esperaba tener una respuesta sobre la cuestión de si el Parlamento Europeo había estimado correctamente la petición que le hizo el juez Pablo Llarena para el mes de marzo, pero el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE ) finalmente dará a conocer su dictamen el miércoles. Con eso en la mano, tanto el instructor del «juicio» del Tribunal Supremo como el «expresidente» podrán decidir el siguiente paso a dar: el primero, en cuanto a presentar o no un nuevo euro- para intentar para efectuar su entrega a España, y la otra, para adelantar o retrasar su regreso a Cataluña.

¿Qué decide el TGUE?

El Tribunal General de la Unión Europea dictará dos condenas este miércoles. Uno se dirige contra la decisión de David Sassoli, que fuera presidente del Parlamento Europeo, ya fallecido, de investigar la petición enviada por Llarena contra los eurodiputados procesados ​​por el Tribunal Supremo por su responsabilidad en los «juicios». El otro es realmente importante, porque revisará la propia autorización de la Cámara para poder investigar judicialmente a sus miembros y con ello el alcance de la inmunidad parlamentaria de la que gozaba el expresidente catalán, pero también el «exconsejero» que le acompañaba, se determinará a la fuga, Toni Comín y Clara Ponsatí, aunque sólo será procesada por desobediencia, por lo que en ningún caso correrá el riesgo de entrar en prisión preventiva, tal y como constató durante su viaje a Cataluña en marzo. El «exconsejero» de Cultura Lluís Puig es el único ausente que no es eurodiputado, por lo que estas decisiones no le afectan.

¿Por qué son tan importantes estas oraciones?

De las dos sentencias que se conocerán este miércoles, la realmente importante es la que nos permitirá saber si el juez Llarena debe presentar una nueva petición al Parlamento Europeo para obtener su autorización para presentar una nueva solicitud europea. orden con la que intentar obtener la entrega de los prófugos. Tal y como argumentó durante las vistas celebradas en Luxemburgo el pasado mes de noviembre por la defensa de Puigdemont, encabezada por el abogado Gonzalo Boye, la presente solicitud sólo es válida frente a la solicitud de entrega dirigida a Bélgica y que ha quedado suspendida cuando el juez Llarena adaptó la Proceso contra el «expresidente» para la derogación del delito de sedición y la reforma de malversación pactada entre el Gobierno de Pedro Sánchez y ERC.

¿Puedes sacarlo de un nuevo arresto?

Desde finales del año pasado, el centrocampista de Puigdemont ha difundido la idea de que el ‘expresidente’ quiere volver a España. El problema es que su enjuiciamiento por peculado en su modalidad más grave, a diferencia de lo que sucede con Ponsatí (solo fue procesada por desobediencia, lo que evita su encarcelamiento, aunque puede ser detenida y puesta a disposición judicial para regularizar su situación), puede suponer que su detención y su ingreso en prisión provisional en espera de la celebración del juicio. Por eso espera que el TGUE aclare el alcance de su inmunidad y la extienda a España. En la vista de noviembre, su defensa argumentó que esta prerrogativa debería protegerlo también en Cataluña y no solo cuando viaja por Europa, de la que disfruta después de que los tribunales europeos le devolvieran cautelosamente la inmunidad, tras haber sido detenido en Cerdeña.

¿Estas sentencias son definitivas?

Las sentencias del Tribunal General de la UE pueden ser recurridas ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Si no son favorables a los intereses de Puigdemont, su defensa prevé impugnarlos ante el tribunal superior, pero confía en que la Eurocámara no haga lo contrario. Por tanto, si la condena avala la inmunidad de la que goza como eurodiputado, Puigdemont adoptará una decisión definitiva sobre su regreso a España, que llegaría en breve, si la justicia europea declara de una forma u otra que es también protegido en Cataluña y el juez Llarena no puede ordenar su detención a nivel nacional, posibilidad que por el contrario siempre ha defendido el magistrado, entendiendo que la prerrogativa europea no le afectaría en España, porque los pleitos eran mucho antes de la adquisición de la asiento.

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Puigdemont pide la nulidad de sus demandas y busca la complicidad del Supremo contra la reforma que derogó la sedición

El abogado del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, solicitó a la sala de casación del Tribunal Supremo la anulación de la demanda dictada el 23 de marzo de 2018, porque, según él, «se ha quedado obsoleta», quedando «desactualizado» tanto por los hechos que se le atribuyen, una vez que la sentencia del «juicio» consideró los hechos de sedición y no de rebelión, como luego por la reforma legislativa que derogó incluso este delito. De tal forma que abogó por la necesidad, en su caso, de iniciar nuevos trámites y presentar la correspondiente solicitud ante la Eurocámara teniendo en cuenta la condición de eurodiputado del «expresidente».

Durante su argumentación contra la decisión del instructor del ‘juicio’ en el 1-O, Pablo Llarena, de reducir la persecución de Puigdemont y del ‘exconseller’ Toni Comín a desobediencia y malversación en su forma más grave, Boye apareció para buscar cierta complicidad con los magistrados de la Corte Suprema Vicente Magro, Susana Polo y Eduardo de Porres, encargados de revisar la decisión de apelación de sus compañeros de piso.

Así, Boye argumentó que lo primero que se debe hacer es «cruzar el terreno de juego», ya que la sentencia redujo los hechos contenidos en la acusación de sedición. «El segundo cambio lo hace la reforma legislativa del 22 de diciembre, que nos pone en un escenario de lío procesal», dijo, y agregó que «nos guste o no» y «sea o no responsabilidad de el que lleva una toga».

La reforma legislativa acordada entre el Gobierno de Pedro Sánchez y ERC, pero a la que siempre se ha opuesto el partido de Puigdemont, fue fuertemente criticada por el letrado, que insistió en que «un acto de ‘carga no puede incluir conductas que no tengan relevancia penal’ . Así, defendió que se emitiera una nueva, si quería proseguir con la acusación contra el expresidente catalán y el resto de prófugos, y, por tanto, una nueva petición ante el Parlamento Europeo.

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El abogado de Puigdemont intenta anular la baja del Madrid por espiar con Pegaso con lo decidido en Barcelona

La Audiencia Provincial de Madrid no ve indicios que mantener para investigar el presunto espionaje con Pegasus que Gonzalo Boye, abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y expresidenta del Parlamento Laura Borràs, asegura haber sufrido con unos 60 separatistas catalanes. En un auto, en el que el juzgado avala el expediente acordado por los jueces que iban a pronunciarse sobre su denuncia, el Tribunal precisa que el abogado sólo ha formulado conjeturas sobre este supuesto espionaje. En un intento por revocar la causa final, el letrado solicita la nulidad de las actuaciones, entre otros argumentos, porque la decisión de Madrid es diametralmente opuesta a la adoptada en Barcelona donde se investigan otros casos similares.

En un documento de 42 páginas, al que tuvo acceso EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, Boye pretende llegar a esta conclusión «la Sala omite cualquier referencia al informe pericial de Citizen Lab, donde se acredita el espionaje sufrido y se convierte en «informes asumidos», mientras que «no son asumidos y aquí la única suposición era que estábamos ante un tribunal imparcial».

«La vulneración de los derechos fundamentales de la actora es tan flagrante y flagrante que en la misma fecha de la notificación de esta resolución, la Audiencia Provincial de Barcelona, ​​en idéntico caso y sobre el mismo asunto, resolvió en sentido diametralmente opuesto al llevado por esta Sala, afirmando que se trata de casos idénticos”, en referencia al espionaje del que habría sido víctima el abogado Andreu Van den Eynde, defensor del presidente de ERC, Oriol Junqueras.

Avergonzado

Por ello, considera que en su caso ha sido privado de derechos y que la justicia depende del lugar donde resida. «Para esta Sala, Gonzalo Boye no tiene derechos, por el simple hecho de hacer su trabajo, lo cual es un planteamiento incompatible con toda democracia ejemplar», especifica el escrito en el que califica de «vergonzosa» la resolución de la Audiencia de Madrid.

Entre sus argumentos, el letrado afirmó que “es preocupante el desconocimiento, seguramente producto de una falta de imparcialidad, que ha mostrado esta sala cuando se explaya en los términos en que lo hizo en el auto atacado, y ello es así porque, entre otras cosas, omite» que el Parlamento Europeo ha incluido en sus conclusiones sobre Pegasus un párrafo que considera que la resolución en sí no es conforme.

“Respecto a España, los eurodiputados afirman que el país ‘cuenta con un sistema judicial independiente y con garantías suficientes’, pero persisten las dudas sobre el uso de spyware. Señalan que el gobierno ya está trabajando para cerrar las lagunas, pero piden investigaciones «completas, justas y efectivas», especialmente en los 47 casos en los que no está claro quién autorizó el despliegue de programas de espionaje, y para garantizar que las víctimas obtengan reparaciones. .

Boye señala que «los miembros de dicha Comisión, cuando hablan de ‘un poder judicial independiente y con garantías suficientes’, insisten en entregar un mensaje que esta Sala no ha entendido o no ha escuchado, ya que el querellante aquí, además, expresamente aparece como víctima del sistema de espionaje Pegasus en el citado informe. En todo caso, lo que pide la Comisión es exactamente lo que esta Sala está privando al denunciante: una investigación completa, justa y efectiva.

Por ello, considera fundamental que se retire la interposición de su denuncia y que se abra una investigación en relación a la empresa propietaria del software Pegasus. El juzgado de Madrid la desestimó por considerar que «dirigir la denuncia genéricamente contra empresas extranjeras y personalidades extranjeras vinculadas al software Pegasus equivaldría a querer investigar al armero como colaborador necesario por haber fabricado posteriormente proyectiles y supuestamente haberlos vendido a la supuesto autor desconocido, por lo que no existe base real y razonable para afirmar que el fabricante es responsable del uso que se le ha dado con posterioridad, desconociendo además cómo ha sido supuestamente adquirido”.

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Puigdemont anuncia que la sentencia europea sobre su inmunidad se conocerá el 5 de julio

El eurodiputado de JxCat y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha anunciado este jueves que la decisión del Tribunal General de la Unión Europea sobre su inmunidad parlamentaria «se hará pública el miércoles 5 de julio», a las 9:30 horas.

Así lo ha adelantado Puigdemont desde su cuenta de Twitter, en referencia a la condena europea que él y los exministros y eurodiputados de JxCat, Antoni Comín y Clara Ponsatí, que obtuvieron un escaño en las elecciones europeas de 2019, esperan. .

Bajo este escaño, los tres eurodiputados de JxCat -prófugos tras la declaración unilateral de independencia en otoño de 2017- exigen que se respeten sus «inmunidades» parlamentarias -sin temor a ser detenidos si deciden volver a España- y esperan al Tribunal General de la Unión Europea para pronunciarse sobre esta cuestión.

“De hecho, habrá dos condenas consecutivas: la primera, sobre la negativa del Parlamento Europeo a defendernos; y la segunda, sobre nuestra inmunidad”, añadió Puigdemont en su tuit.

Borràs y Turull afirman que el 5 será «la fiesta de Cataluña»

El anuncio de la fecha de la sentencia ha coincidido con la celebración del mitin final de campaña de Junts para las municipales, en Vic (Barcelona) y tanto la presidenta del partido, Laura Borràs, como el secretario general, Jordi Turull, se han referido a ella.

Los dos mandatarios coincidieron en subrayar que el 5 de julio será una «fiesta en Cataluña» por la resolución de inmunidad de Puigdemont, que los dos mandatarios dieron por sentada que sería favorable.

«La constancia, el coraje, la constancia de Puigdemont tendrá su recompensa», dijo Turull, mientras que Borràs indicó que el 5 de julio será «la fiesta más grande de toda Cataluña».

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Ponsatí califica de «lamentable» que la presidenta de la Eurocámara no actúe para defender su inmunidad

«La señora (Roberta) Metsola (presidenta del Parlamento Europeo) fue inmediatamente informada del arresto, le pedimos que actuara para defender mi inmunidad. Hasta ahora no lo ha hecho. Y esa es también una situación muy lamentable que deja a la Unión Europea Parlamento de la Unión en muy mal estado». Apenas unas horas después de ser detenida en Barcelona y puesta en libertad provisional pero citada a declarar el 24 de abril, acusada de desobediencia por su participación en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, la «ex consejera» de Educación de la Generalitat y eurodiputada de JxCat Clara Ponsatí arremetió contra la presidenta del Parlamento Europeo por no responder de inmediato a su petición de defensa de su inmunidad parlamentaria.

Lo hizo a escasos metros del hemiciclo de la Eurocámara, que este jueves celebra un minipleno y al que entró acompañada de Carles Puigdemont y Toni Comín. Unos minutos antes, y antes de su entrada en el pleno, los eurodiputados de diferentes grupos se acercaron a saludarla para mostrarle su apoyo. Lo hicieron desde los eurodiputados de ERC, Jordi Solé y Diana Riba, hasta Ana Miranda (BNG), la ecologista francesa Karima Dalli, o la irlandesa Clare Daly. “Me gustaría agradecer a todos mis compañeros eurodiputados que me apoyaron en esta situación tan irregular de un eurodiputado detenido dentro de un país de la Unión. Ayer volví a Barcelona y cuando llevaba poco tiempo me detuvieron y me llevaron a la justicia, donde pasé el resto de la tarde y la noche hasta que ‘Por fin me sueltan’, dijo desde el asiento. del Parlamento Europeo.

Ponsatí, que ha vuelto a calificar su detention de “ilegal”, ha anunciado que llevarán el caso ante “las instancias que corresponden” y ha ironizado sobre la citación del juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, par que acuda a declarar el próximo 24 de abril. «Hay un juez en Madrid que tiene muchas ganas de hablar conmigo. Yo particularmente no quiero hablar con un juez. Y hablaremos de lo que va a pasar en unos días, tenemos que hacer muchas cosas antes». ”, dijo, sin especificar si declarará.

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La Fiscalía renuncia al recurso contra la fiscalía de Puigdemont

Los fiscales del ‘juicio’ decidieron este martes desistir de apelar el último auto del magistrado Pablo Llarena, en el que confirmaba el procesamiento del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por desobediencia y malversación agravada.

Fuentes de la fiscalía han señalado a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, que el recurso de casación, que aún cabe interponer contra la resolución, no tiene sentido, ya que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ya se ha pronunciado , durante el examen de la condena del ‘juicio’ y condenar al presidente de ERC, Oriol Junqueras, por desobediencia y malversación gravísima.

Aunque el recurso coincide con otros magistrados distintos a los que dictaminó el 1-O, los fiscales entienden que tendrán el mismo criterio que sus compañeros.

La Fiscalía y la Fiscalía dictaminaron que Puigdemont y el resto de prófugos deben ser procesados ​​por el delito de desorden público agravado tras la reforma del Código Penal.

Sin embargo, ni Llanera ni el juzgado presidido por Manuel Marchena comparten este criterio. Ambas instancias consideran que la sedición ha sido derogada y que la conducta de los prófugos y ya condenados sólo era punible con la desobediencia.

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PP, Vox y Cs fracasan en su intento de evitar que Puigdemont se presente a las elecciones

En una sala casi desierta, el diputado de Vox, Javier Ortega Smith, mostró una foto del expresidente catalán Carles Puigdemont tras las rejas. “El único cartel electoral que se podría autorizar a hacer a los prófugos de la justicia es este”, declaró desde lo alto de la tribuna para defender un proyecto de ley que modifica la ley orgánica del régimen electoral general (LOREG) para impedir que todos los que se han dado a la fuga la justicia española no puede presentarse a las elecciones. El apoyo de PP y C no fue suficiente frente al resto de la Cámara Baja, que rechazó esta reforma al considerar que vulnera el principio de inocencia y que ya existen otros mecanismos para evitar estas situaciones.

El proyecto de ley registrado pretendía introducir una nueva situación de «inhabilitación» para «aquellos respecto de los cuales estuviera en vigor una orden de detención y entrega para su sometimiento a los jueces y tribunales españoles, dictada por la autoridad judicial española, por su responsabilidad en la comisión de delitos contra la Constitución o sedición”. Además, también buscó ampliar los casos de quienes, aun sin sentencia firme, fueron declarados culpables de delitos “contra la administración pública, contra la Constitución, sedición y terrorismo”.

El «no» de la Casa

El diputado de Foro Asturias, Isidro Manuel Martínez Oblanca, fue el primero en posicionarse sobre esta iniciativa de Vox y ya marcó el discurso por el que, posteriormente, pasaron el resto de portavoces: «LOREG, en su artículo 108.8 establece A la hora de para su toma de posesión y para adquirir la plena condición de sus funciones, los candidatos electos deberán jurar o prometer el respeto a la Constitución. […] Es decir, sólo si el candidato en cuestión se presenta ante el Consejo Electoral a estos efectos puede ser considerado elegido, de modo que sólo pisando suelo español y dejando su condición de prófugo de la justicia podrá hacerlo, compareciendo ante el órgano de justicia que requiera su presencia. «.

Este mismo argumento esgrimido por Martínez Oblanca es el que sustenta el Consejo Electoral Central ante el Parlamento Europeo después de que Puigdemont se presentara como candidato en las pasadas elecciones comunitarias. La JEC, en una resolución publicada en noviembre, «considera que [Puigdemont] no ha adquirido la condición de miembro de pleno derecho del Parlamento Europeo» al incumplir la Constitución y que, en consecuencia, «su escaño debe quedar temporalmente vacante hasta que se produzca dicho cumplimiento, con la consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas en la misma». términos.

El PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, EH Bildu, Junts, PDeCat, CUP y otras formaciones minoritarias rechazaron la iniciativa del partido ultra bajo esta premisa y proponiendo otros argumentos. Por un lado, consideran que no se puede restringir un derecho por la mera existencia de un requerimiento judicial, pues se debe respetar el principio de inocencia. También criticaron que la intención de introducir la pena por «delitos contra la Constitución» como causal de ilegibilidad suponga ampliar en exceso estos supuestos, ya que incluiría, por ejemplo, injurias y calumnias contra la Corona o las instituciones del Estado. , la usurpación de poderes o la ofensa a los sentimientos religiosos.

apoyo insuficiente

Junto a Vox, se han posicionado PP y C. Los conservadores denunciaron que el PSOE, una vez más, se pone del lado de los grupos independentistas y criticaron la «doble burla» que hace que prófugos de la justicia como Puigdemont no comparezcan ante los tribunales, sino que quieran «ser candidatos en las elecciones». “Hay que proteger el Estado de derecho”, gritó la diputada Edurne Uriarte antes de pedir a los socialistas que apoyen la propuesta de cambiar “las reglas del juego” con el “mayor consenso posible”.

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Pablo Hasel, absuelto del cargo de desórdenes durante una manifestación en Lleida por la detención de Puigdemont

La Audiencia de Lleida absolvió al rapero Pablo Hasel y a otras 10 personas juzgadas en noviembre por alterar el orden público y lesionar a agentes de los Mossos d’Esquadra durante la manifestación del 25 de marzo de 2018, tras la detención del expresidente del Gobierno. Carlos Puigdemont.

La sentencia, vista este viernes por Europa Press, confirma que todos participaron en la manifestación, que acabó en altercados, pero en las imágenes de la jornada, el juzgado «no identifica a ninguno de los imputados en ninguna conducta o actitud delictiva». sin perjuicio de la identificación de uno de ellos en medio de la manifestación”.

Los magistrados concluyen que no existe prueba en juicio «que permita al tribunal concluir que una actuación plural, conjunta y consciente de esta alteración de la tranquilidad pública por parte de los imputados», necesaria para que haya orden delictivo, ni probado que accedió a provocar altercados.

El tribunal «no tiene dudas de que los agentes fueron pateados y golpeados, como denunciaron», pero no ve pruebas de que los acusados ​​lo hicieran.

En su declaración de juicio, Hasel negó empujar a los mossos o incitar a otros manifestantes a hacerlo.

La fiscalía pidió una pena de cinco años y nueve meses de prisión para Hasel y, para el resto de imputados, de cinco años y tres meses.

Hasel está en prisión desde febrero de 2021, cuando fue detenido para cumplir la condena que le impuso la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo e injuria a la Corona.

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La Fiscalía también pide a Llarena que procese a Puigdemont por alteración del orden público

El Fiscal General coincide con la Fiscalía en que el instructor de «juicio» del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, reconsidere su decisión de sustituir el procesamiento del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por el delito de sedición por desobediencia simple. En su recurso, al que ha tenido acceso este diario, defiende que la conducta de los líderes separatistas pueda ser incluida en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, sancionado con cinco años de prisión.

El escrito, firmado por la procuradora del Estado que participó en el juicio, Rosa María Seoane, pide específicamente a Llarena que deje sin efecto la exclusión que hizo en su auto de la aplicación de la última redacción dada en el artículo 557 del Código Penal, cuando considera que es el “tipo penal por el que pueden ser procesados ​​los que son acusados ​​en situación de rebelión, así como los de desobediencia y peculado”.

En su recurso de 14 páginas, el Departamento de Tribunales Estatales argumenta que la decisión de la jueza Llarena de omitir el delito de desórdenes agravados “limita indebidamente el derecho de la fiscalía a formular su acusación, caracterizando los hechos según el tipo delictivo que estime aplicable”. asume que el instructor “se entromete en lo que esta representación considera como función del Ministerio Público”.

Más favorable

Seoane dice que la orden de Llarena «contiene lo que pretende ser un análisis exhaustivo y concluyente del impacto de la enmienda del Código Penal en los acusados ​​que esperan juicio por falta de pago». Pero «omite el más mínimo análisis sobre la aplicación de la disposición transitoria primera», que establece que «los delitos cometidos hasta el día de la entrada en vigor de esta ley serán juzgados con arreglo a la legislación penal vigente en el momento de su su comisión» y, en todo caso, la que resulte más favorable al imputado.

Y “no se vulnera el principio de legalidad penal en su vertiente de irretroactividad de la ley penal, cuando los hechos, que antes podían ser perseguidos como sedición en el antiguo borrador, pueden ahora ser subsumidos en el nuevo tipo de pena por publicidad agravada. nublada, ya que tal aplicación será más favorable tanto en la comparación «in abstracto» como en las circunstancias particulares del caso en que se van a aplicar los cargos».

En este sentido, añade que el delito de desórdenes agravados “no puede ser considerado como una simple agravación de las conductas” de esta denominación que ya existían en el Código Penal, “sino una conducta autónoma y con elementos (número, organización y objeto de la multitud) preparados desde el principio para alterar gravemente el orden público, con una intensidad notablemente mayor», de manera que los responsables del «juicio» pueden ser acusados ​​de ello y al mismo tiempo respetar el principio de la aplicación de la legislación más favorable al prisionero El Ministerio Fiscal refuerza su argumentación por las «similitudes» y las «manifestaciones» que, dice, «conectan» el preámbulo de la reforma con la sentencia del «juicio».

Y es muy crítico con la exclusión de su aplicación hecha por Llarena, quien considera que «no es baladí para el curso del juicio y se proyecta más allá de las medidas a las que se refiere el auto en su dispositivo», porque delimita en negativo manera «las diversas órdenes de captura dirigidas a asegurar la situación personal de los rebeldes imputados», de las que aún no se ha podido tomar declaración en las diligencias.

sin malversación

La Abogacía del Estado también coincide con la fiscalía en no apelar la decisión de Llarena de mantener la acusación por el tipo más grave de malversación de fondos, que conlleva penas de hasta 12 años de prisión. Se obvia así la reforma penal que crea una modalidad atenuada de este delito para quienes destinan dinero público a otro fin público.

Cita el delito de malversación únicamente en referencia al caso en que las Euro-Ordenanzas fueron dictadas únicamente para este delito, no pudiendo incluirse la desobediencia porque no es punible con pena privativa de libertad. Explica que si bien es posible modificar estas órdenes posteriormente, en la práctica es difícil hacerlo, porque es necesaria la autorización del país que entrega al demandado.

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