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La fiscalía mantiene los 7,5 años de prisión para los tres imputados

La madrugada de ayer en la Audiencia Provincial finalizó el juicio en el que el fiscal ratificó su pedido de penas de siete años y medio de prisión para cada uno de los tres imputados por presuntos delitos de corrupción, estafa y prevaricación: el exasesor de Arico, Álvaro Arbelo, y dos empresarios. La fiscalía exige que se establezca el dinero supuestamente defraudado, que la Guardia Civil cifra en 40.000 euros, y que se devuelva al ayuntamiento, según informa Efe.

Los hechos juzgados datan de 2010 y 2011 (entre dos mandatos). El fiscal establece que los empresarios y el concejal -en un momento estuvo al frente de las áreas de Urbanismo y Obras- habrían acordado adjudicar obras «al dedo» y apropiarse de una parte de las cantidades abonadas por el Consistorio. El presunto delito de estafa se basaría en que los presupuestos de las obras se ampliaron al máximo posible permitido por la ley. La prevaricación afectaría únicamente al regidor municipal y se justificaría en que éste no estaba habilitado para realizar adjudicaciones.

En la sala se reveló que hay dos personas vinculadas al caso cuyo paradero se desconoce. Se trata de una mujer que controlaba una empresa de uno de los imputados y que está desaparecida desde hace diez años, además de trabajadora en una consultora.

Durante la segunda sesión del juicio, el hijo de otro empresario que compareció como agente aseguró que no estaba realizando ningún trabajo, lo que motivó al fiscal a concluir que los dos empresarios imputados eran quienes controlaban las cinco empresas clasificadas ficticias. Al carecer de recursos humanos y materiales, tuvieron que recurrir a la subcontratación y realizar los trabajos con autónomos.

La casa particular de uno de los empresarios fue utilizada como posible sede de una empresa vinculada al asunto, mientras que las empresas no respetaron sus obligaciones fiscales y contables, por falta de inventario, según consta en el juicio. Otro aspecto destacado en la sala, según informó Efe, es que durante el período en el que ocurrieron estos supuestos hechos, solo se permitió subcontratar un pequeño porcentaje de la obra. Otra «coincidencia» que menciona el fiscal es que, durante la convocatoria del concurso, todas las empresas sospechosas presentaron sus propuestas el mismo día.

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Los tres abogados de los procesados ​​accedieron a solicitar la libre absolución por considerar que todos los contratos se ajustaban a derecho ya que habían sido aprobados por funcionarios del Ayuntamiento de Arico y contenían los informes exigidos.

El abogado del exconcejal imputado, Álvaro Arbelo González (Coalición Canaria), dijo que ninguna de las pruebas presentadas por la fiscalía era sólida y que había errores en las cantidades supuestamente defraudadas. “Aquí no hubo mano negra, pero lo que hay son documentos manipulados que aparecen después de la investigación”, dijo el abogado.

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La Fiscalía procesa por los delitos cometidos en el centro de menores inmigrantes de Mogán

Centro de menores en el complejo Porto Bello.

La Fiscalía Provincial de Las Palmas detectó la comisión de varios delitos tras la denuncia presentada por los trabajadores del centro de acogida temporal de menores migrantes de Puerto Bello, en Mogán, en junio del año pasado. En él, advirtieron contra la violación de los derechos de las personas que albergaban. La fiscalía presentó una denuncia contra los encargados de las instalaciones, así como contra la administradora concesionaria, la Fundación Respuesta Social Siglo XXI, y uno de los vigilantes.

Tal y como adelantó este miércoles el digital Tiempo de Canarias, la fiscalía examinó la documentación que tenía en su poder y tomó declaración a los responsables del centro, concluyendo que los delitos de abandono familiar, omisión del deber se podrían haber cometido para impedir la comisión. de delitos y dos heridos leves.

Denuncias ante Centro de Menores de Mogán Fuerza Expulsión Urgente

En concreto, la denuncia se presenta contra el director del centro, Fernando PR y las dos personas que ocuparon al subdirector, Omar MB y José Jonathan AM; así como contra el director y director técnico de la Fundación Siglo XXI, Rafael BG y Manuel DS, respectivamente. El fiscal les acusa de no haber adoptado medidas para solucionar los problemas en el acto cuando sabían que había situaciones de descuido y necesidad.

La Dirección General de Infancia del Gobierno de Canarias también denunció en su momento deficiencias en el complejo y que se habían producido episodios de abusos sexuales y prostitución de menores.

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La Audiencia juzga al patrón de una embarcación en la que murieron ocho migrantes

El juzgado de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas juzgará este próximo martes al presunto patrón de una embarcación que llegó en agosto de 2021 al puerto de Las Palmas en la que perdieron la vida ocho migrantes. La fiscalía pide 20 años de prisión y una indemnización de 240.000 euros en total para las familias de las víctimas.

Según la fiscalía, el 10 de agosto de 2021, la aeronave de salvamento marítimo Sasemar 103 dio aviso de una embarcación con varias personas a bordo, por lo que la nave ‘Ever Grace’ procedió al rescate de la embarcación. En él iban 34 migrantes, cuatro de los cuales cayeron al mar cuando fueron rescatados pero no pudieron ser recuperados con vida ya que los cuerpos se perdieron en el mar.

Además, una mujer también perdió la vida antes de ser evacuada a un hospital porque presentaba «un cuadro severo de deshidratación e hipotermia que le provocaba un fallo multiorgánico».

La fiscalía presume que la embarcación navegó durante dos semanas antes de ser localizada en una playa cercana a la ciudad de Dakhla, Marruecos, con 47 ocupantes. La embarcación la capitaneaba Mohamed T., de 43 años y procedente de Marruecos, así como otro identificado como NEM fallecido durante la travesía.

Los patrones se perdieron durante la travesía, a la deriva sin suficiente comida, agua y combustible. Como resultado, un total de ocho personas perdieron la vida. Veintitrés hombres, nueve mujeres y una niña llegaron con vida al Puerto de La Luz tras ser rescatados por la tripulación de Ever Grace. Por ello, el Ministerio Público califica estos hechos de vulneración de los derechos de los extranjeros y otros ocho como homicidio imprudente, por los que exige 20 años de prisión. Asimismo, en materia de responsabilidad civil, la Fiscalía está interesada en una indemnización para cada uno de los familiares de las víctimas de 30.000 euros, es decir, un total de 240.000 euros.

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Siete años de prisión para un psiquiatra tinerfeño que abusó sexualmente de una paciente

La Sala Penal confirmó la pena de 7 años de prisión y 3 años y medio de prohibición especial para el ejercicio de la profesión de médico y psicoterapeuta de psiquiatra por haber abusado sexualmente de una paciente en Santa Cruz de Tenerife.

El juzgado desestimó el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la condena de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que dictó la referida pena privativa de libertad e inhabilitación, así como el pago de una indemnización por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal. . 20.000 euros a la víctima por los daños sufridos.

La Sala rechaza la tesis de la recurrente según la cual el contenido de los mensajes “sms” y “whatsapp” entre el denunciante y el imputado, proporcionados por la propia víctima en el proceso, se desprende que las relaciones fueron totalmente consensuadas, y donde el “ la imposibilidad de decir no ”alegada por la víctima no puede justificarse.

Recuerda que en la sentencia recurrida sí se analizó la prueba de descargo compuesta por los mensajes “sms” y “whatsapp”, cuyo contenido, según la demandante, cuestiona la versión del denunciante, “y que deben ser interpretados En el marco de esta relación de superioridad entre el psiquiatra imputado y su paciente, la víctima, y ​​como señala la Fiscalía en su informe de oposición al móvil, no se trata simplemente de una relación entre dos adultos, cada uno casado, que acuerdan libremente mantener entre ellos una relación secreta que se prolonga en el tiempo durante un tiempo determinado ”.

Agrega que “estamos, por el contrario, en una situación en la que se declara el hecho probado en que el imputado es el psiquiatra de la mujer y esto desde hace casi 9 años durante los cuales comienza a tener relaciones sexuales con ella luego de conocer a través de su profesión todas las intimidades, todas las debilidades, todos los resortes emocionales y presentándose como la persona que a cambio de recibir dinero por eso podría curarla de sus problemas de anorexia y bulimia ”.

La Sala observa que es en este contexto donde se desarrollan los hechos, en los que la situación imperante emerge con deslumbrante claridad. En este sentido, precisa que la víctima acudía periódicamente a buscar consejo médico, medicamentos y pautas para su recuperación y «conoce a una persona que abusa de esta situación y provoca una relación sexual en la que el consentimiento de la víctima parece ser completamente viciado».

La sentencia aclara que “es cierto que en los mensajes, como dice la recurrente, se pueden leer repetidamente textos que sugieran una relación entre dos amantes. Pero las cosas cambian si se repara la relación especial entre los dos: no son solo dos adultos, ella es una mujer que está siendo medicada por el acusado, confiada en su juicio médico, en su conocimiento de la mente y de los problemas que enfrenta. . ‘ella tenía, y el psiquiatra que la ayudó durante 9 años. Bajar la posición del médico a una simple relación de iguales no es razonable y la Corte no ”.

Asimismo, indica que el testimonio de la víctima es consistente y persistente en su incriminación y que la sentencia recurrida lo consideró creíble y suficiente para probar los hechos. Además, señala que ha sido corroborado por otros elementos – declaraciones de testigos, dictámenes periciales – que “apoyan con firmeza y solidez el informe de la denunciante de que cuando ha tenido relaciones sexuales, su consentimiento no existía” no fue libre y consciente. , pero fue manipulada por el imputado, quien continuó tratándola terapéuticamente ”.

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