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ASALTO SEXUAL | Un joven sigue a una niña de 14 años hasta su casa y la viola en Zaragoza

Como todos los días después de la escuela, cogió el autobús y se bajó en la parada de la calle Conde Aranda de Zaragoza para volver a casa. El 25 de abril, un joven se fijó en ella, la siguió hasta su casa hasta una plaza cercana y acabó violándola. La joven de 14 años se armó de valor, llamó a la Policía Nacional y a los pocos minutos fue detenido en las inmediaciones. Sin embargo, Brahian Alejandro LL, de origen colombiano y 21 años, acaba de ser procesado por el juez como autor de un delito de agresión sexual y otro de lesiones a la policía porque se resistió durante su detención. Este viernes deberá declarar por ello ante el magistrado del juzgado de instrucción número 8 de la capital aragonesa.

Según la joven, cuya versión fue calificada como creíble por el médico forense que la atendió en el hospital por las lesiones que presentaba, los hechos se remontan a las 16:30 horas cuando la joven regresaba a su casa y notó que un niño continuaba. Aceleró el paso hasta que llegó a su portal. Sin embargo, el demandado también ingresó con ella, diciéndole que se iba a otro piso, mientras que la menor permaneció en el área de buzones.

Fue entonces cuando supuestamente se acercó a ella por la espalda, tapándole la nariz y la boca para evitar que gritara, mientras le sujetaba la mano con el teléfono móvil. Luego le levantó la falda y después de bajarle la ropa interior, metió dos dedos dentro de ella. Al mismo tiempo, trató de besarla en la boca.

Cuando el menor logró escapar y gritar, el demandado se dio a la fuga, amenazando a la víctima de que no le dijera a nadie, de lo contrario se enteraría.

El menor no se intimidó y llamó a la sala 091 que envió a la brigada de seguridad ciudadana de la prefectura de policía de Aragón cuyos agentes lograron detener a Brahian Alejandro LL. No fue fácil para ellos ya que se resistió, hiriendo a la policía. Así, el sindicato Jupol, representado por el abogado Marco Antonio Navarro, se presentó como acusación.

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Violación Lérida | Detenido en Lleida un hombre por violar a su hija de 13 años

Un hombre ha sido detenido por los Mossos acusado de violar a su hija de 13 años mientras la menor dormía en su domicilio de la localidad leridana de Vinyola.

Fuentes de los Mossos confirmaron a EFE la información facilitada por el diario ‘Segre’ sobre este hecho, ocurrido en la noche del sábado al domingo del pasado fin de semana, y explicaron que el hombre fue detenido el domingo por la Policía catalana.

La denuncia en el caso la interpusieron la madre y la propia menor, que fue a pasar el fin de semana con su padre, separada de su acompañante.

La menor, de acuerdo con el protocolo de denuncias por agresión sexual, fue sometida a reconocimiento médico en el Hospital Arnau de Vilanova de Lleida.

Mientras tanto, los Mossos inspeccionaron la casa del hombre en busca de evidencias de la violación.

El hombre está libre con cargos tras comparecer ante el juzgado de Balaguer (Lleida).

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Un joven viola a su madre discapacitada en Figueras y le exige material pornográfico

La sección tercera del juzgado de Girona juzgará a un joven acusado de violar a su madre en Figueras y tener material pornográfico en su móvil. El juicio debía tener lugar hoy, pero finalmente se aplazó y se reprogramó para noviembre.

Según la fiscalía en su escrito de acusación, la violación se produjo entre agosto de 2019 y enero de 2020. El acusado se puso en contacto con su madre, que tiene una discapacidad reconocida del 65% y un trastorno de personalidad, para almorzar en un restaurante de Figueras. Luego la llevó a un baño público cerca del recinto ferial y la violó, «sin el consentimiento legal de la víctima y sabiendo que la mujer sufre un deterioro mental», dijo la fiscalía.

Además, la fiscalía, que exige penas que suman más de 15 años de prisión para el acusado, recoge varios mensajes de WhatsApp intercambiados entre el acusado y la víctima. El fiscal asegura que el joven le envió varias fotos de su sexo y que lo instó a que le enviara imágenes de ella desnuda, lo cual terminó haciendo. También ofreció encuentros sexuales a cambio de dinero.

La fiscalía lo acusa de un delito grave de abuso sexual con penetración agravado y un delito grave de posesión y distribución de pornografía a personas vulnerables.

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Agresión sexual | Dani Alves declara por segunda vez ante el juez, a petición propia

El exfutbolista del Barça Dani Alves declara este lunes por segunda vez, a petición propia, ante el juez que le investiga por presuntamente violar a una joven de 23 años en los aseos de la discoteca Sutton de Barcelona, ​​tres meses después de ser encarcelado por la supuesta agresión sexual.

Alves comparecerá ante la titular del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Barcelona, ​​en la Ciudad de la Justicia, donde será trasladado por los Mossos d’Esquadra desde la prisión de Brians 2, donde permanece recluido desde su detención el pasado 20 de enero.

El jugador brasileño, para quien el juez ordenó prisión sin fianza al ser interrogado tras su detención, pidió dar su versión de lo sucedido ante el magistrado, basándose en un artículo de la ley de procedimiento penal que permite que un investigado declare tantas veces como sea posible. estime conveniente durante su proceso penal.

Dani Alves, que estará asistido en esta ocasión por el abogado Cristóbal Martell, intentará aclarar su relato de los hechos ante el magistrado, después de que en su declaración del pasado 20 de enero, en la que fue asesorado por la abogada Miraida Puente Wilson, se alternaran distintas versiones. de lo que pasó

Durante esta comparecencia, el deportista inicialmente sostuvo que no conocía a la víctima, luego admitió haber conocido a la joven en los baños de la discoteca sin que pasara nada entre ellos y finalmente, cuando el juez comparó sus explicaciones con las pruebas biológicas, ella sostuvo que la niña le había practicado sexo oral, de manera consentida.

El futbolista justificó los altibajos de su historia argumentando, primero, que quería proteger a la joven y, segundo, que quería ocultar su infidelidad a su mujer, la modelo Joana Sanz, que anunció el mes pasado en las redes sociales. su intención de separarse de él después de ocho años de matrimonio.

En el recurso que interpuso en vano para salir de prisión -ya firmado por el abogado Cristóbal Martell-, el deportista brasileño se aferró a la versión según la cual mantuvo relaciones sexuales consentidas con la demandante, sin más detalles.

Las pruebas de ADN confirmaron que la joven tenía rastros del semen de Alves en su vagina, lo que contradice la última versión del futbolista ante el juez, en la que solo admitía sexo oral.

Precisamente, las distintas versiones de los hechos que esgrimió el futbolista ante el juez y las contradicciones entre su relato y las pruebas biológicas, frente a la consistencia de la declaración de la víctima, fueron una de las principales razones por las que el instructor accedió a su encarcelamiento sin derecho a fianza. .

Tras la nueva declaración del acusado, en la que probablemente intentará explicar las contradicciones valoradas por el juez, la defensa podría volver a pedir la libertad provisional de Dani Alves, con las medidas cautelares que la justicia estime oportunas.

El 21 de febrero, el juzgado de Barcelona acordó mantener a Dani Alves en prisión preventiva, apreciando un riesgo «alto» de fuga y considerando que las pruebas que le acusan son «graves» y «diversas».

El futbolista está acusado de violar a una joven de 23 años en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de Barcelona al que la invitó a ella y a dos de sus amigos la noche del 30 de diciembre.

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Marlaska, preocupada por la juventud de los agresores sexuales

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, expresó este viernes su «preocupación» por los últimos casos de agresiones sexuales cometidas por jóvenes, algunos incluso menores de 14 años.

En un acto del Ayuntamiento malagueño del Rincón de la Victoria, la ministra ha dicho que se trata de un problema que preocupa no sólo al ministerio y al Gobierno, sino a la sociedad en su conjunto, porque «cada vez que le pasa a gente muy joven ” e incluso “indiscutible”.

Esta situación, ha indicado Grande-Marlaska, «requiere del trabajo de todos», especialmente en materia de educación sexual, y «de un seguimiento concienzudo al respecto».

Juez ordena internamiento a puerta cerrada a dos más de cinco menores implicados en agresiones sexuales en Logroño

También ha señalado que actualmente hay una mayor concienciación sobre estos temas y de no consentir agresiones sexuales de ningún tipo: «Esta concienciación y denuncia es muy importante y hay que trasladar a la sociedad la tolerancia cero en todos los ámbitos ante cualquier agresión». sobre la libertad sexual.

mensaje de consuelo

Pese a todo, la ministra ha querido lanzar un mensaje de apaciguamiento a la ciudadanía subrayando que las fuerzas y cuerpos de seguridad españoles «resuelven el 90% de todas las denuncias por vulneraciones de la libertad sexual».

“Tenemos unas fuerzas y cuerpos de seguridad verdaderamente profesionales y que tienen una gran capacidad de respuesta para que ninguna conducta quede impune”, ha subrayado la ministra, que recomienda trabajar en la prevención, incidiendo en la educación de los menores, “para crear una luz, sociedad más ejemplar».

En los últimos meses se han cometido agresiones sexuales por parte de grupos de menores en los que participan chicos jóvenes, muchos de ellos incluso menores de 14 años, como ha ocurrido en Logroño, Petrer (Alicante), Salou (Tarragona) o Badalona (Barcelona) .

En su último informe, la Fiscalía General del Estado advirtió sobre un aumento «gradual y significativo» de los delitos sexuales con menores: 2.625 casos abiertos en 2021, frente a los 1.271 registrados cinco años antes.

Se trataba de cifras de delitos presuntamente cometidos por muchachos de entre 14 y 17 años, porque cuando los abusadores son más jóvenes, los casos se archivan.

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Menor condenada en Barcelona por facilitar la violación de un niño de 11,5 años

El Juzgado de Menores número 6 de Barcelona ha condenado al menor JCC a un año y medio de internamiento como colaborador necesario de una agresión sexual a una niña de 13 años cometida por otro menor, FPJ, en este último caso indiscutible por ser 11 años y medio de edad al momento de los hechos. La violación tuvo lugar en septiembre de 2020 en la capital catalana. El hombre ahora condenado tenía 14 años y, por lo tanto, es legalmente responsable a diferencia del perpetrador material. La sentencia dice que la niña fue obligada por FP J a practicarle sexo oral y que luego la penetró analmente. Ocurrió en el barrio del Besòs, mientras JC C vigilaba y se aseguraba de que nadie interrumpiera el ataque.

El juez da por probado que poco antes de las 20.45 horas del 25 de septiembre de 2020, el condenado JC C se encontraba en un parque de la Rambla Prim con el otro menor. FPJ Ambos se percataron que la víctima pasaba por allí. Iba a casa sola. Los dos comenzaron a caminar junto a él, siguiendo su camino. FPJ, el chico más joven, le dijo a la chica: “Yo te acompaño”. Ella, sorprendida, le dijo que no hacía falta, pero no se dieron por vencidos. La niña temía por su seguridad porque la menor de 11 años pretendía esconder un objeto peligroso en una riñonera.

Acto seguido, la FPJ desvió a la joven de su camino exigiéndole que se bajara en un lugar distinto al que la llevaba a su domicilio. La niña le dijo que no quería ir, pero él la amenazó: “¿Quieres vivir o morir? Mientras tanto, JCC, el convicto de 14 años, «no hacía nada» por la situación.

La víctima, asustada aún más por la declaración de FPJ y la presencia de los otros jóvenes mayores, respondió que quería vivir. Luego, el material de agresión sexual le pidió a la niña, representada por el abogado Daniel Salvador, de la firma de abogados Vosseler, que le practicara sexo oral, mientras le decía a JCC que se parara en un lugar para vigilar el ambiente. La niña inicialmente se negó, pero la FPJ volvió a amenazarla de muerte, venciendo su resistencia. Luego la penetró analmente. JCC contempló asalto.

Sentencia después de dos años y medio

El tribunal condena a JCC a 18 meses de internamiento y dos años de libertad condicional como colaborador por un delito de agresión sexual con acceso carnal oral y anal a un menor de 16 años. Además, deberá abonar a la víctima 5.000 euros por daño moral, cantidad que deberán abonar los padres del condenado.

El juicio se celebró el 23 de febrero, durante el cual el fiscal calificó los hechos como un delito grave de agresión sexual, acusó al imputado de cooperador necesario y propuso una medida de reclusión en régimen cerrado durante tres años y libertad condicional durante tres años. más tarde. Daniel Salvador, de Vosseler Abogados y defensor de menores, se apegó a la calificación legal y las medidas solicitadas por la fiscalía.

En el juzgado, el menor imputado, JCC, dijo que estaba con su amigo en el Parque Las Palmeras y vieron a la víctima, a quien conocían del barrio. Según su versión, su amigo y la chica estaban hablando, pero él no entendía por qué se había retrasado un poco. Tampoco sintió ninguna amenaza por parte de la FPJ hacia la niña y ella tampoco le pidió ayuda. En un momento, la FPJ le dio su mochila y le dijo que esperara en lo alto de unas escaleras. Se fueron y él se sentó en un banco durante unos cinco minutos. Luego volvió su amigo y la chica se fue. El perpetrador le dijo que la niña había consentido en practicarle sexo oral. También aseguró que había visto a la joven “normal” y en ningún momento asustada. Al día siguiente, en el parque, conocidos de la joven le contaron que su amiga la había penetrado analmente.

La magistrada cree en la versión de la víctima, al considerar que mantuvo «invariable» en todo momento el relato de los hechos, desde la declaración a los Mossos, hasta la acusación y el juicio, y que no tiene animosidad alguna hacia el imputado ni hacia su amigo responsable. En el juicio, la víctima dijo que el acusado vio el asalto hasta el final.

Además, algunos mossos denunciaron que dos días después del atentado, el 27 de septiembre, detuvieron a los mismos menores en esta zona por robo con violencia. Fue entonces cuando un amigo de la víctima les contó lo que le había contado la menor y los agentes acudieron al domicilio de la joven para tomarle declaración. La niña fue al hospital el mismo día. Según el magistrado, la conducta del condenado contribuyó a la violación y por ello lo considera un cooperador necesario.

reducción de sentencia

En cuanto a la sanción, las relaciones sociales determinan que el imputado forma parte de una familia con vínculos afectivos muy fuertes pero con un estilo educativo «laxo e inconsistente», con muy poca capacidad normativa. Este es su primer juicio, pero antes de los 14 años, cuando era inatacable, la DGAIA había abierto un expediente de riesgo por su conducta «transgresora», con seguimiento por parte del servicio de la Generalitat.

Los informes determinan que se trata de un «joven nervioso, inmaduro y grupal con las mismas características antisociales, circunstancia que constituye un factor de riesgo muy importante». El chico ha mejorado su rendimiento y parece haberse alejado de la anterior serie de relaciones. Por ello, el magistrado ve buen pronóstico para el joven y reduce a la mitad la petición de la fiscalía, de tres años de internamiento.

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Violencia sexual | Violaciones a adolescentes al alza en España, marcadas por las redes y el porno

Las agresiones sexuales perpetradas por grupos de menores en España siguen creciendo y también crece la preocupación de familiares y expertos, que apuntan al fácil y temprano acceso de los jóvenes a contenidos pornográficos a través de Internet como una de las principales causas.

Aunque la mayoría de los autores de estos delitos son adultos, el número de adolescentes va en aumento, a veces a una edad tan temprana que las sentencias ni siquiera son imputables, como en el reciente caso de Logroño (norte) donde siete jóvenes (entre ellos dos menores de 14 años) violó a una niña de 12 años y a una niña de 13 años.

Solo en 2021, con datos del Instituto Nacional de Estadística de España, frente a 3.196 adultos condenados por delitos sexuales, había 439 menores, un 12,6% más que el año anterior.

La de Logroño recordó la semana pasada la violación en grupo de las fiestas de San Fermín de Pamplona en 2019, que acuñó el nombre de «rebaño» a este tipo de agresiones sexuales en grupo y causó indignación en toda España.

La pornografía se posiciona como uno de los grandes temas a estudiar para evitar estas conductas, así como la facilidad que tienen los jóvenes para consumirla a través de Internet ya través de teléfonos móviles que muchas veces no tienen activado el control parental.

“La pornografía siempre ha existido, pero tener acceso a internet a una edad tan temprana significa necesariamente que estos niños y niñas estén accediendo sin los filtros adecuados”, explica a Efe Eva Márquez, coordinadora antitráfico de Diaconía España.

Porno y redes, principales motivaciones

Para Márquez, el fácil y temprano acceso de los jóvenes a contenidos pornográficos es uno de los mayores problemas para prevenir estos delitos entre los menores. “El consumo ha aumentado mucho por el acceso a Internet, es dificilísimo poner controles parentales, el contenido pornográfico está hecho para ser encontrado, no hay que buscarlo”, asume.

Un acceso temprano que genera un “imaginario de cosas que no son reales” y que “condiciona el desarrollo afectivo sexual” de estos adolescentes que “crecen pensando que es la realidad”.

“Cuando se enfrentan a una relación piensan que es porque eso es lo que consumían, casi no hay porno que aborde el aspecto afectivo o el deseo o el consentimiento, eso va al acto, degradante, donde hay una relación clara de dominación del hombre sobre la mujer” , explica. Por eso los chicos “construyen su deseo sexual a partir de ese contenido, y luego entra la realidad y aparece una distorsión”.

Una distorsión que también afecta a las víctimas: “la violación no solo promueve una relación agresiva y dominante de los chicos sobre las chicas, también valora el papel de las víctimas, porque estos contenidos también les alcanzan y normalizan».

El difícil regreso

Para la psicóloga infantil María Dolors Mas, en estas conductas intervienen «muchos factores», entre los que destaca el comportamiento de una familia «desestructurada» y de nuevo la pornografía y las redes sociales.

Terminan usando la pornografía como si fuera YouTube, terminan trivializando el sexo, pensando que los niños tienen poder y que las mujeres son sumisas, cosificando a las mujeres y creyendo que un hombre puede hacer lo que quiere y que una mujer debe permitirse serlo. eso es todo», dijo.

En este sentido, se refiere a algunos de los jóvenes que atiende en su consulta, que «tienen el paro total» por los problemas que puede derivar de una relación sexual. Una combinación agravada por las redes sociales que, según él, «hacen mucho daño».

“Uno puede descargar lo que piensa aunque sea poco ético, incorrecto o incluso criminal, como hacen otras personas y no tienen control parental porque lo hacen”, reflexiona. Todo ello puede derivar en comportamientos abusivos y agresiones sexuales y, a pesar de la corta edad de los agresores, tener una difícil reinserción.

“Quizás si pasan por los centros y reciben un trato muy duro, las familias tienen que participar y tiene que haber un cambio en el proceso, porque al final son niños”, matiza.

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Las rebajas por la ley ‘sí es sí’ son ya 943 y 103 agresores sexuales han sido liberados según el recuento del CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sigue contabilizando las remisiones de penas para agresores sexuales motivadas por la aplicación de la ley de garantía integral de la libertad sexual, más conocida bajo el nombre de “ley del único sí es sí”, los cuales alcanzan ya un total de 943 casos, de los cuales 103 resultaron en la excarcelación del condenado.

Así lo informan a El PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica, fuentes del Consejo de Magistrados, que indican, en cualquier caso, que no se trata de datos oficiales ya que queda por conocer la información que deben facilitar cuatro juzgados provinciales – los de Gipuzkoa, Granada, Sevilla y Teruel-, además de cuatro tribunales superiores de justicia -Andalucía, Canarias, Castilla y León y País Vasco-. Agregan que este jueves ya podrían tener toda la información pendiente.

La información no se actualiza desde el 2 de marzo, cuando el Consejo informó oficialmente de 721 reducciones y 74 liberaciones en toda España a 1 de marzo debido a las revisiones realizadas por la normativa impulsada por el Ministerio de Igualdad.

Los datos se conocen al día siguiente del anuncio por parte de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de que se reunirá en pleno los días 6 y 7 de junio para fijar la doctrina en relación a los recursos de casación contra estas revisiones. La posición del Supremo superará las discrepancias que por el momento se han puesto de manifiesto entre las posiciones de ciertos tribunales provinciales y el resultado de posteriores recursos a la siguiente instancia, los tribunales superiores de justicia, que las revocaron.

Corte Suprema convoca sesión plenaria en junio para establecer doctrina ‘solo sí es sí’

Toda esta información coincide además con la polémica política por una nueva reforma penal que pretende prevenir futuros casos de agresión sexual -los delitos ya cometidos están contemplados en la normativa vigente-, lo que redundará en penas más leves para las víctimas de los delitos sexuales. Las propuestas de los distintos partidos, encaminadas a reintegrar las circunstancias de violencia o intimidación en la valoración de las penas por agresión sexual, serán probablemente ratificadas por el Parlamento el día 20.

Por el momento, el Tribunal Supremo sólo se ha pronunciado sobre solicitudes de reducción incluidas in extremis por las defensas de los condenados en determinados recursos, que aún estaban a la espera de sentencia tras la entrada en vigor de la ley el pasado mes de octubre. Es decir, el alto tribunal aún no se ha pronunciado sobre las mil reducciones producidas, que empezaron a llegar a este órgano tras ser recurridas por la fiscalía.

Así, será el Pleno de junio el que establezca una posición doctrinaria definitiva, resolviendo previsiblemente varias cuestiones diferentes extrapolables a otras que también están sobre la mesa del alto tribunal.

Por el momento, los tribunales superiores de Castilla y León, Andalucía o Baleares han revocado las decisiones de las audiencias provinciales coincidentes con el Ministerio Fiscal; mientras que en Madrid, su Audiencia Nacional ha hecho públicas sus primeras decisiones, en las que ignora categóricamente las instrucciones del Ministerio Público que encabeza Álvaro García Ortiz.

Este criterio implica que, en los casos en que la sentencia dictada también sea imponible según la regulación resultante de la reforma, la sentencia no será revisable. Queda por ver si el Tribunal Supremo acepta este criterio u opta por la aplicación de la pena más favorable al imputado, principio en el que se basan las rebajas de pena de la nueva ley.

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El PP sigue la estela del PSOE por la reforma del «sí es sí» y dibuja la mayoría que la aprobará

El PP envió este lunes un mensaje político al PSOE de cara al futuro de su propuesta de reforma de la ley del «solo sí es sí»: Pedro Sánchez cuenta con que el grupo popular la apruebe.

El cisma más imponente de la legislatura entre socios gubernamentales aún está por llegar. O el PSOE cambia de premisas o cambia Unidas Podemos. Cualquiera de las dos opciones sería viable en un marco político sin posiciones maximalistas. Pero las posiciones maximalistas dominan la escena.

La realidad es que este lunes finalizaba el plazo para presentar enmiendas a la propuesta del Grupo Socialista para modificar la ley estrella de Irene Montero: la ley del «sólo sí es sí». El PP ha registrado las suyas y son, fundamentalmente, es decir, respecto a la reforma del Código Penal (artículos 178 y 178, sobre agresiones sexuales y violaciones, respectivamente), el mismo planteamiento que el de la formación de Pedro Sánchez. . Los mismos tenedores de castigo.

“Quien realice un acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento será sancionado con prisión de 1 a 4 años, como responsable de agresión sexual”, subrayan los populares, y añade que “esto no sólo se entenderá que hay consentimiento cuando ha sido libremente expresado por actos que, habida cuenta de las circunstancias del caso, expresan claramente la voluntad de la persona”.

Ahora, en el punto 4, recomienda aumentar la pena de “1 a 5 años de prisión” si “la agresión se comete con violencia o intimidación”, y al hacerlo, estima el Ministerio de Igualdad, diluye el consentimiento. El PSOE se expresa de forma similar en su propuesta, que no desmerece las críticas del departamento de Irene Montero. Aquí está una de las grandes diferencias.

En cuanto a la violación, el PP mantiene los tramos de 4 a 12 años de prisión, y si se comete “con violencia o intimidación o cuando la víctima vea anulado su testamento por cualquier causa, se dictará la pena de 6 a 12 años”. . prisión».

Para llevar: El PSOE defiende dejar la pena por agresión sexual en el rango de 1 a 4 años de prisión, pero aumentándola de 1 a 5 años si el delito se comete con violencia, intimidación o nulidad del testamento, que es un tipo agravado . Idéntico criterio para castigar la violación: de 4 a 12 años, aunque aumentando la pena de 6 a 12 para un tipo agravado con violencia, intimidación o nulidad de voluntad.

Tanto los socialistas como los populares incluyen una etapa intermedia en las sentencias con el fin de asegurar mayor severidad cuando hay violencia, intimidación o anulación de la voluntad de la víctima. Estos serían subtipos.

En cambio, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu quieren que la violencia, la intimidación o la cancelación de voluntad sean agravantes, entonces la pena por agresión sexual sería de entre 2 y 8 años de prisión y por violación, a penas de entre 7 y 15.

La portavoz del PSOE, Pilar Alegría, expresó el desacuerdo del partido con las propuestas del socio de gobierno y dos aliados fundamentales en el Congreso. Los socialistas creen que, como ellos plantean, un aumento tan ostensible de las penas no tendrá una traducción práctica.

Corrección de un error de la ley de menores

Políticamente, por tanto, se han configurado dos bloques. El PSOE propuso retirar la reforma del Congreso el 20 de abril y enviarla al Senado. El margen para que se restablezca la mayoría progresista sobre la reforma de la ley del “solo sí, es sí” es de diez días.

Lo que el PP incluyó en sus enmiendas es lo mismo que incluyó en su proyecto de ley, en diciembre de 2022. Castigo a los agresores sexuales, que ya suman más de 800. El Gobierno, sin embargo, buscando un acuerdo interno, recurrió a artimañas parlamentarias para retrasar la elección popular. iniciativa y ampliar el campo que permitiría la presentación de la propia. El PSOE lo hizo solo en febrero. Desde entonces, como vimos el 7 de marzo, la tarde en que se tomó en consideración la propuesta, socialistas y divulgadores chocan políticamente mientras técnicamente se llevan bien.

En sus modificaciones, además, el PP incluye un artículo 180 bis en el Código Penal destinado, según indica en un documento remitido a los periodistas, a reintroducir «las agresiones sexuales por engaño o abuso de confianza o autoridad sobre menores de 18 años y los mayores». 16 años», ya que se trata de una «conducta que ha sido despenalizada en el Código Penal vigente».

También aboga por corregir un error cometido en la nueva Ley de la Infancia. “Se trata de subsanar la desclasificación de la distribución o difusión pública a través de Internet, teléfono o cualquier otra tecnología de la información o la comunicación de contenidos destinados específicamente a promover, fomentar o incitar a la comisión de delitos de agresión cuando se trate de menores de edad. dieciséis. de edad», explica el grupo Cuca Gamarra.

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La Fiscalía se esconde detrás de siete sentencias del Supremo para rechazar recortes ‘solo sí es sí’

Tras su paso por el colegio de fiscales de cámara el pasado 16 de marzo, la circular con la que la fiscalía pretende ofrecer una respuesta unitaria a la revisión a la baja de las penas de los agresores sexuales por la ley del «solo sí es sí» incluye un epígrafe que menciona hasta a siete sentencias muy recientes del Tribunal Supremo que, a juicio de este departamento, sugieren que el alto tribunal podría decidir con los mismos criterios de interpretación que defiende el Ministerio Fiscal.

Así lo indica el texto de la circular, publicada este miércoles tras agregar los comentarios técnicos que se realizaron durante la reunión de la dirección fiscal, que está integrada por los 38 fiscales de mayor antigüedad en la carrera.

La Corte Suprema aún no se ha pronunciado directamente sobre la revisión de sentencias firmes que realizan las cortes provinciales y, más recientemente, los tribunales superiores de justicia como resultado del “solo sí, es sí”. Hasta el momento, se ha pronunciado únicamente sobre solicitudes de reducción incluidas in extremis por la defensa de los condenados en algunos de los recursos que estaban pendientes de resolución tras la entrada en vigor el pasado mes de octubre de la ley de garantía integral de la libertad sexual.

No obstante, la circular menciona y reproduce el contenido de hasta siete de estos comunicados que fueron publicados entre diciembre del año pasado y finales de febrero. Según el texto de la Fiscalía, allí se reconocen ciertas «particularidades» en la verificación de las condenas firmes.

Según la circular firmada por Álvaro García, esto «significa admitir la existencia de distintos criterios de revisión según la sentencia sea firme o definitiva, extremo que alude a la posibilidad de entender que en los casos en que la sentencia impuesta también fuere imponible conforme a con las normas que resulten de la reforma, la sentencia no será reconsiderada”. Esta posibilidad es la doctrina que el Ministerio Público pide aplicar en todos los casos que ha recurrido.

Provisiones transicionales

Otro de los extremos valorados en estas resoluciones es la aplicación a los casos de condena por violencia sexual de lo dispuesto en el artículo 2 de la disposición transitoria segunda del Código Penal, tanto en la redacción de 2015 como en la de 2022, posibilidad que para muchos abogados es nada más que un ‘parche’ ya que la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad no establecía ninguna norma de estas características al final de su articulado.

La posibilidad de aplicar estas normas transitorias y evitar las rebajas de pena impuestas a los delincuentes sexuales “parece ser el criterio seguido”, según el Ministerio Fiscal, por una sentencia del Tribunal Supremo de 27 de febrero, en la que se señala expresamente que, “dejando de lado la controversia doctrinal sobre la posibilidad de aplicación directa de estas normas, específicamente orientadas a la aplicación de la Ley Orgánica 10/1995 (reforma del Código Penal) a la aplicación de otras normas posteriores, cabe atender a los criterios allí contenidos, reiterados en sucesivas reformas al mismo Código Penal.

La resolución de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal añade que, tratándose de la revisión de sentencias firmes, “se aplicará la disposición más favorable ponderada de forma exhaustiva y no por el ejercicio de la facultad discrecional del juez, y que, en estas En los mismos casos, en las penas privativas de libertad, la nueva ley no se considerará más favorable cuando la duración de la pena impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible de acuerdo con la nueva normativa. Estas son, textualmente, las disposiciones de la Abogacía General del Estado en su circular.

La paradoja de la revisión

La circular también añade que “ya en el pasado”, concretamente en 2017, el Tribunal Supremo admitió esta aplicación de las disposiciones transitorias en otra resolución referida a los delitos de terrorismo; y advierte que en ausencia de la misma en la ley del «solo sí, es sí» «podemos encontrarnos ante la paradoja según la cual los presos condenados por sentencia firme cuyas sentencias deben ser revisadas a raíz de esta reforma pueden ser favorecidos frente a otros presos cuyas penas no han sido debidamente revisadas porque las reformas penales incluyeron una disposición transitoria».

La Circular añade que, en todo caso, en los casos en que se pretenda rebajar definitivamente la pena privativa de libertad para los delincuentes sexuales, el Ministerio Fiscal deberá valorar la imposición de otras penas accesorias, como la libertad vigilada o la inhabilitación.

Por otra parte, instruye a los fiscales que la reforma implica que además de las penas correspondientes al delito contra la libertad sexual, deben ser sancionados separadamente los actos concretos de violencia física o psíquica cometidos en su ejecución. Como consecuencia de este último punto, la Circular insta a los fiscales a extremar la cautela a la hora de investigar su existencia.

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