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Condenado por malos tratos, pero absuelto de la violación de su mujer en Castellón

Un hombre argelino de 48 años fue condenado a un año y nueve meses de prisión por un delito de violencia habitual y a cuatro meses de trabajo en beneficio de la comunidad por tres delitos de malos tratos en el ámbito de género -violencia basada. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Castellón tras la celebración del juicio por estos hechos.

El hombre, sin embargo, fue absuelto del delito de agresión sexual que le imputaba su exnovia, quien sostuvo que en febrero de 2021, tras una discusión, su entonces marido la habría tirado sobre la cama, quitándole la ropa. y penetrando en ella en contra de su voluntad, haciendo expresiones como si fueran propias.

Sin embargo, este punto no ha sido probado a ojos de los magistrados, tal y como establece la sentencia a la que tuvo acceso este diario.

El Juzgado supone que el hombre amenazó a la mujer, la insultó y vigiló su teléfono móvil, llegando incluso a vigilar el marido a las personas con las que trataba.

hechos probados

Asimismo, el documento judicial indica que la pareja mantuvo una discusión en Alcossebre, a causa de un negocio que el hombre quería abrir. Dans le but «d’imposer sa volonté» et de porter atteinte à l’intégrité physique de la victime, «il lui a donné des coups de poing sur tout le corps, lui causant des blessures pour lesquelles elle n’est pas allée chez el médico». Este mismo episodio se repitió en la calle Lagasca de Castellón, donde, tras otra discusión, el hombre la golpeó en la espalda y en la cabeza.

En febrero de 2021, la pareja decidió separarse, pero aun así el condenado llegó una vez a su casa y la abofeteó, agresión por la que acudió al centro de salud con un hematoma en el pómulo, concordante con los hechos descritos.

Además de la pena privativa de libertad descrita, el juzgado dictó una orden de alejamiento, para que el imputado no pudiera acercarse a menos de 300 metros de su exesposa durante tres años.

Además, correrá con las cuatro quintas partes de las costas procesales. En cuanto a la responsabilidad civil, el hombre deberá pagar 200 euros a la víctima por el daño sufrido y otros 7.000 por daño moral.

Otros casos

Este diario publicó hace unos días la detención de un vecino de Onda de 33 años por delitos de violencia de género y detención ilegal. Se dice que mantuvo a su esposa, de 21 años, encerrada en su casa, donde había colocado una cadena y un candado. La víctima finalmente logró escapar y pedir ayuda a un vecino. Además, le dijo a los oficiales, con heridas visibles en el cuello, que su esposo había tratado de estrangularla a la fuerza.

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Condenan al dueño de un bar de Murcia por violar a una clienta tras emborracharla

Los hechos, aunque ahora condenados, tuvieron lugar en el verano de hace cuatro años cuando la víctima, entonces de 17 años, celebraba un cumpleaños con sus amigos en un bar del barrio de la Infanta, en Murcia. .

La víctima trabajaba anteriormente como camarera en el establecimiento, por lo que el dueño la conocía. Comme lu dans le récit des faits avérés, vers deux heures du matin, alors qu’elle était déjà dehors avec ses amis, sur un banc de rue, l’homme a commencé à lui envoyer des messages, l’encourageant à revenir au bar con él.

Ella lo hizo, y fue entonces cuando el posadero le dio un poco de bebida. Como dice la sentencia, el sujeto actuó “aprovechándose del estado de intoxicación importante en el que se encontraba sumido, que le impedía tomar decisión alguna en el ámbito sexual”. Él la violó.

En el hospital con la policía.

Afuera del bar, la siguieron dos de sus amigas, quienes la ayudaron y la llevaron a una casa, hasta que llegó su mamá para cuidarla. Esa misma mañana, la mujer, acompañada por agentes de la Policía Nacional, fue trasladada al Virgen de la Arrixaca de Murcia, donde fue sometida a reconocimiento médico y también se citó al médico forense para un estudio exhaustivo que determinara si había sido víctima de un asalto sexual

En su declaración en el juicio, la víctima dijo que el hombre que la violó, además de haber sido su jefe, era amigo de sus padres. También explicó que esa noche cuando llegó a casa y bajó la persiana, tomó un trago que le dio y no recuerda nada más. Él sabe que cuando entró al bar estaba usando calzones, pero cuando salió no los estaba usando, le dijeron sus amigos.

dice que se durmió

El individuo por su parte aseguró en su defensa que la joven se había quedado dormida en el retrete, orinando, que había intentado despertarla y que se había limitado a vestirla. También dijo que la joven se cayó al tratar de ayudarlo, que salió con ella a la calle, que allí encontró a «tres o cuatro muchachos», y que a uno de ellos se lo llevó «cargado».

a las seis de la mañana la víctima salió del bar y no podía caminar por sí sola, según el fallo judicial. Además, parte de su ropa había sido dejada dentro del recinto.

El testimonio de uno de los familiares de la víctima fue decisivo: explicó que el sospechoso quería llevarse a la joven a su casa, pero que amigos se lo impidieron. También la presencia del ADN del imputado en la ropa interior de la niña: por ejemplo, en la parte interior del sostén. El sujeto es condenado a cuatro años de prisión, cinco años de libertad vigilada y a indemnizar a su víctima con 7.000 euros, a los que no podrá acercarse hasta dentro de seis años.

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Agresión sexual | Condenado a una multa de 360 ​​euros por su «ruido» en una relación sexual

De los nueve años de prisión a los que se enfrenta por un delito de agresión sexual, sólo una multa de 360 ​​euros por un delito de lesiones leves. Acusado de violar a una mujer que conoció a través de la red social de citas en un apartamento de Valencia, escapó de la cárcel después de que la víctima no se presentó el día del juicio y mostró la intención de retirar el cargo. Si bien ella no confirmó su denuncia y no pudo saber si el sexo fue consentido o no -en un principio lo fue y tras insistir en que se detuviera, el imputado es detenido, como consta en la sentencia-, las lesiones presentadas por la denunciante eran tan evidentes (mordeduras, rasguños, hematomas y contusiones) que la Sala condena a su agresor por la “franqueza” utilizada durante dicho encuentro sexual.

Los hechos se produjeron el 2 de diciembre de 2020 en el domicilio del condenado, en la capital del Túria. El acusado, de 34 años, y su víctima, de 41, ambos españoles, se habían conocido un día antes a través de la aplicación de citas Badoo. Tras intercambiar teléfonos y mantener conversaciones por WhatsApp, quedaron para verse personalmente en su piso.

El imputado reconoció la violencia pero en un acto consentido por ambos y que cesó cuando se le preguntó

El amigo y exnovio de la denunciante la llevó a esta casa esa tarde y quedó en recogerla al día siguiente. Cabe recordar que en ese momento había toque de queda debido a las restricciones por la pandemia. Según los hechos que parecen probados en la sentencia, ambos bajaron al supermercado a comprar preservativos, aunque no encontraron la talla adecuada. Arriba, el acusado convenció a la denunciante de tener relaciones sexuales y ella accedió.

Sin embargo, en algún momento, el hombre declarado culpable de lesiones comenzó a «actuar bruscamente» con la mujer, mordiendo, pellizcando, tirando de su pelo…, provocándole contusiones y contusiones en pechos, brazos, muslos y glúteos. Estas lesiones requirieron atención médica.

La víctima le pidió en reiteradas ocasiones que se detuviera, que él era violento con ella, y el imputado se detuvo, según la sentencia. Pero a falta de poder apoyarse en el testimonio de la víctima como prueba, no se puede establecer si debió o no detenerse antes y si, como defendió inicialmente la fiscalía, se trataría de una cuestión de agresión sexual, un delito por lo que exigió nueve años de prisión para el imputado.

Audiencia provincial lo absuelve de agresión sexual pero impone pena por lesiones, que requirieron atención médica

En el juicio seguido por cumplimiento ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, el imputado reconoció el «ruido» utilizado durante el acto sexual, como ya acreditan las lesiones reflejadas en el informe médico.

La incomparecencia de la actora y su abogado, así como la del amigo de la víctima, todos citados en su debido tiempo, así como el escrito aportado por la defensa en el que el Ministerio Público anunció su intención de desistir del procedimiento”, reduce las fuentes probatorias a las confesiones del imputado y del perito”, alega la Sala.

De esta forma, la fiscalía modificó su escrito, entendiendo que se trataba de “actos que sin duda fueron inicialmente consentidos, en los que se produjeron lesiones menores como parte integrante de los mismos”. Por lo tanto, finalmente solo fue multado con 360 euros por lesiones leves.

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Prisión incondicional para el violador en el hospital Plató de Barcelona

El Juzgado de Instrucción de Barcelona ordenó este domingo la cárcel sin fianza para la trabajadora de 33 años del hospital Plató de Barcelona, ​​detenida el jueves acusada de agredir sexualmente a una paciente mientras estaba hospitalizada.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) informó este domingo de que el detenido ingresa en prisión por un delito contra la libertad sexual tras una agresión «con penetración a víctima especialmente vulnerable». La policía catalana dijo que la persona arrestada es un hombre de 33 años sin antecedentes penales.

Los Mossos d’Esquadra recibieron la denuncia por este caso el pasado 14 de diciembre y desde entonces mantienen una investigación abierta para intentar esclarecer los hechos. Tras recibir la denuncia, la policía abrió una investigación para esclarecer lo sucedido y tomó declaración a todos los trabajadores del equipo el día de los hechos. El hospital, cuando tuvo conocimiento del caso, retiró a una enfermera por precaución.

Disponible para la víctima

Desde el centro de salud indicaron que están «en contacto y disponibles para el entorno del afectado» y que, en cuanto tuvieron conocimiento de ello, activaron «todos los procedimientos policiales, judiciales y protocolos internos pertinentes».

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Segunda denuncia contra Saúl Gordillo, investigado por agresión sexual

Los Mossos d’Esquadra recibieron una segunda denuncia por delitos sexuales contra Saül Gordillo, actual director del diario digital Principal, según ha afirmado la Cadena Ser y ha podido confirmar El Periódico de Catalunya, del grupo Prensa Ibérica. El querellante es también, como en el primer caso, periodista de un medio de comunicación encabezado por Gordillo y, una vez más, los hechos habrían ocurrido en la madrugada del 1 de diciembre, en el marco de una cena de empresa que tuvo lugar concluida en el Discoteca Apolo, en el Paral·lel de Barcelona.

Los Mossos abrieron una investigación tras recibir la primera denuncia, el pasado 20 de diciembre, y ya tienen las imágenes de las cámaras instaladas en el interior de la discoteca Apolo, donde supuestamente Gordillo cometió la primera agresión sexual a una periodista de 23 años empleada en el portal que dirige El 22 de diciembre, el segundo demandante dijo a los investigadores que Gordillo sufrió un segundo ataque esa misma noche.

Los agentes citaron a declarar a Gordillo la mañana de este jueves, antes de recibir esta segunda denuncia, y es muy probable que lo vuelvan a citar. Durante este primer interrogatorio, Gordillo, de 50 años, negó los hechos denunciados y pidió a la Policía que analice las grabaciones grabadas por la sala para demostrar su inocencia.

Gordillo, antes que el director, dirigió Catalunya Ràdio y la Agència Catalana de Notícies. Entre los dos medios públicos, trabajó en este diario.

la primera queja

Tal y como dijo este miércoles el diario ‘Ara’ y pudo confirmar a este medio, la denunciante es una periodista de 23 años que trabaja en ‘Principal’. Los hechos habrían tenido lugar tras la cena de empresa entre todos los compañeros de los programas de 8TV.

El grupo de empleados se reunió primero para cenar en un restaurante cercano al Port Olímpic, siguió con unas copas en un bar cercano al Casino de Barcelona y terminó la fiesta en la discoteca Paral·lel, donde sólo celebraron los compañeros de medios digitales. El Principal’, cuentan a El Periódico de Catalunya, del grupo Prensa Ibérica.

Algunos redactores de medios digitales que se dirigieron al salón Apolo para finalizar la noche se sorprendieron al encontrar a Gordillo dentro de la discoteca, quien se sumó a la diversión y no duró más de una hora, según declaraciones a este medio.

Fue entonces cuando Gordillo habría jugueteado con la joven trabajadora en sus pantalones sin decir una palabra. La joven, según su relato, estuvo bloqueada hasta que logró escapar. Tiene un ataque de ansiedad, recoge la denuncia en los Mossos, y al día siguiente acude a un Centro de Atención Primaria (CAP).

Este primer ataque se habría producido mientras pedían una bebida, poco antes de las tres de la madrugada. La joven se alejó llorando y con dificultad para respirar, y le explicó todo a un colega. Al día siguiente, cuando acude al CAP, necesita ayuda psicológica. Esa semana recibió baja por enfermedad.

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Harvey Weinstein declarado culpable de violación

El ex productor de cine Harvey Weinstein es declarado culpable de violación en el juicio de Los Ángeles.

Más de 90 mujeres lo han acusado de agresión o acoso, incluidas grandes actrices como Angelina Jolie o Salma Hayek.

El Rey de Hollywood fue encontrado ayer responsable de tres casos de acoso y agresión sexual.

Esta es la segunda sentencia que se le impone. Hace cinco años, se convirtió en el rostro de las denuncias de abuso sexual con el hashtag #MeToo.

Weinstein enfrentó siete cargos, incluida la violación de mujeres en hoteles de Beverly Hills y Los Ángeles entre 2004 y 2013.

Sin embargo, el jurado no pudo decidir sobre dos de los cargos.

Si es declarado culpable, el magnate del cine podría ser sentenciado a 140 años adicionales de prisión.

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Ocho personas detenidas en India por la violación en grupo de una joven de 16 años

La policía india ha informado del arresto de ocho hombres por la violación de una niña de 16 años que estuvo retenida durante más de doce horas en un bungalow en Palghar, en el estado indio de Maharashtra.

Aparentemente, uno de los hombres atrajo a la adolescente a la casa en la costa el viernes, donde la violaron consecutivamente hasta la mañana siguiente.

“La denuncia presentada el sábado indica que la víctima afirma que el ataque comenzó a las 20:00 horas del 16 de diciembre y que continuó hasta las 11:00 horas del día siguiente”, dijo un portavoz policial citado por la cadena india NDTV.

«El imputado la llevó a un bungalow vacío y se turnaron para violarla. Luego la llevaron a la orilla y allí volvieron a abusar de ella», agregó.

Impunidad en el país

La violación y los delitos sexuales en la India han sido el centro de atención durante años, especialmente desde la brutal violación y asesinato de una joven estudiante en un autobús de Nueva Delhi en diciembre de 2012.

Según un informe de 2019 de la Oficina Nacional de Antecedentes Penales, en el país se cometen más de 30.000 violaciones al año, o 88 al día. Las ejecuciones de los responsables de la violación de la niña de Nueva Delhi, según la oficina, «no tuvieron efecto» en los criminales.

La impunidad es notoria: solo el 30% de las violaciones denunciadas resultan en una condena, y el estigma sociocultural que pesa sobre las víctimas impide que la mayoría de los casos salgan a la luz.

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Las violaciones aumentan un 38% respecto a 2019

La delincuencia aumentó en los nueve primeros meses del año un 5,5 % respecto al mismo periodo de 2019, el año anterior a la pandemia, aunque ciertos tipos aumentaron considerablemente, como las agresiones sexuales con penetración, con un 38 % más.

Según el balance de delincuencia hecho público este viernes por el Ministerio del Interior, entre enero y septiembre se cometieron 1.734.625 infracciones penales.

Todos los tipos de delitos aumentaron en este período con respecto a los primeros nueve meses de 2019, con excepción de los homicidios, los robos con violencia e intimidación, incluidos los cometidos en el hogar, y los robos de automóviles.

En el interior destaca el importante aumento de la ciberdelincuencia, que aumentó un 89,3%.

Del total de infracciones penales registradas durante el periodo de enero a septiembre, es decir, de los 1.734.625 delitos, el 87,5% corresponde a delincuencia convencional, mientras que el resto corresponde a ciberdelincuencia (217.571 infracciones penales, el 12,5% del total).

Interior destaca el aumento de este tipo de delitos, en concreto un 89,3% respecto a 2019, pero advierte que, no obstante, por razones de tratamiento estadístico, las cifras totales de ciberdelincuencia corresponden al ámbito de actuación de la Ertzaintza y los Mossos d’Esquadra no estarán disponibles hasta la venta anual final, por lo que serán más altos.

Por tipos de delincuentes, el indicador de fraude informático (191.160 delitos, que representan el 87,9% de todos los ciberdelitos y el 11% de todos los delitos registrados a septiembre) muestra un incremento del 96,6% respecto al mismo periodo de 2019.

En cuanto a los delitos contra la libertad sexual, su incremento continúa en una tendencia de fuerte incremento que se inició, sobre todo, a partir del año 2014, subraya el ministerio.

Así, explica que en los primeros nueve meses de este año se registraron 13.455 casos, frente a los 10.343 del mismo período del año anterior a la pandemia, lo que supone un incremento del 30,1 %, que sube a 38 en el caso concreto de infracciones

En cualquier caso, Interior insiste en que este incremento «debería estar en parte ligado a políticas activas de sensibilización y reducción de la tolerancia social y personal, que redundan en una mayor disposición de las víctimas a denunciar estos delitos y a poner sus casos en manos de la justicia». «. fuerzas de seguridad».

El interior incide en este argumento y asegura que además, gracias a esa mayor concienciación, la tasa de esclarecimiento de estos delitos ronda el 80%. Por ello, concluye que se están reduciendo los niveles de subregistro que pudieran y pueden existir.

En cuanto a otros delitos, el balance del tercer trimestre refleja un incremento del 13,1% en el tráfico de estupefacientes respecto a 2019, con 14.361 infracciones penales.

Una vez más, Interior atribuye este descenso a la actuación de la Guardia Civil y la Policía Nacional en el Campo de Gibraltar.

Asimismo, señala que los delitos contra la propiedad (indicadores de robo, hurto y hurto de vehículos), que representan el 42,0% de la delincuencia convencional, han disminuido en su conjunto un 10,2%.

Los robos con violencia o intimidación lo hacen en un 2% de los casos; los robos en viviendas, establecimientos y otras instalaciones descienden un -15,9%; robos en 9,7% y robos de vehículos en 12,4%.

Por su parte, los homicidios consumados (un total de 237) disminuyeron un 4,8% y las tentativas de homicidio (868) aumentaron un 38%.

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La Corte Suprema reduce a la mitad la sentencia del delincuente sexual bajo la ley ‘solo sí es sí’

El Tribunal Supremo rebajó de nueve a cuatro años y medio la condena de un hombre que tocó a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de patinaje de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 aplicando la nueva ley del sólo que sí es sí, más beneficioso para él.

La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, posteriormente, le condenaron a nueve años de prisión por cuatro delitos de abuso sexual de menores y otro de abuso sexual de mayor de edad.

sentencia mínima

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha comunicado el fallo de su condena a la Audiencia Provincial de Álava para que decida lo que procede en relación con la situación personal del condenado porque cumplirá próximamente tres años de prisión por estos hechos.

El Alto Tribunal explica en su sentencia que el acusado debe ser condenado a la pena mínima por tocamientos insignificantes, que antes de la reforma judicial estaba fijada en dos años de prisión por cada maltrato a un menor y uno por maltrato a un adulto, pero la nueva la ley permite en casos menos graves «reducir en un grado la pena que se ha aplicado al condenado porque la nueva legislación es más ventajosa».

Añade que, de conformidad con el artículo 76.1 del Código Penal, el plazo máximo de la pena en este caso se reduce a la mitad.

Antes eran seis años (el triple de la pena más grave, que eran dos años) y ahora, con la reforma de la ley orgánica de delitos sexuales, son tres años, porque es el triple de la pena más grave, que se fija en un año. , añade el Supremo.

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Tribunal Supremo ratifica 16 años de prisión para padres por abusar y violar a su hija de 3 años

El Tribunal Supremo confirmó la condena a 16 años de prisión de un hombre y una mujer por haber sometido a su hija de tres años a un triple abuso moral, físico y sexual con violentas palizas, insultos y amenazas de la madre y violaciones del padre en su casa en Las Palmas de Gran Canaria.

La sala de lo penal dictó una sentencia, a la que tuvo acceso EFE, que rechaza los recursos de la pareja contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que confirmaba otra del juzgado de Las Palmas.

Además de la pena de prisión, el tribunal ratifica la prohibición de acercarse y comunicarse con el menor durante 16 años.

Los hechos fueron denunciados por dos familiares del imputado, su hermana y una sobrina, que convivían con la familia y que presenciaron varias golpizas sufridas por la joven, hasta que decidieron grabar el sonido de uno de esos episodios de habitación contigua como prueba de ello. lo que iban a decir.

Todo sucedió entre enero y mayo de 2016, período durante el cual la niña de tres años fue objeto de continuos malos tratos físicos y psicológicos por parte de su madre en su domicilio de Las Palmas.

En concreto, la madre la golpeó con la mano en todas las partes del cuerpo y profirió «toda clase de insultos y desprecios, con fuertes gritos y diversas amenazas» contra la pequeña.

Así sucedió el 26 de mayo de 2016 cuando golpeó e insultó a su hija, al grito de “idiota; mierda estúpida; eres insensible; bastardo; hijo de puta” y también con expresiones vejatorias como “llorando en el parque; cállate levántate ahora, tonto; Estoy hasta las pelotas contigo; eres amargo; pollo ; siempre lo mismo, es una mierda».

De estos hechos era plenamente consciente el padre, que más allá de decirle a la madre que no golpeara a la hija no hizo nada por impedirlo y consintió en el maltrato de la menor, en cuya habitación ambos consumían drogas -crack y hachís-. Además, solo la bañaban una vez por semana y estaba desnutrida.

Pero además de los malos tratos, la menor fue víctima de abusos sexuales por parte de su padre quien, en varias ocasiones, sin poder precisar cuántas, violó a su propia hija. Situación de la que la madre era plenamente consciente, quien facilitó y consintió.

En sus recursos, los padres alegan que la menor no declaró durante el juicio oral, ni escuchó durante la prueba anticipada.

Pero el Tribunal Supremo recuerda que «en respuesta a los informes periciales, que aconsejaban la no repetición de las experiencias derivadas de los hechos en la menor, teniendo en cuenta su edad, se ordenó que sus manifestaciones se practicaran con las personas y médicos». especialmente dispuestos a asegurar que los posibles daños menores al desarrollo de la personalidad del menor y, además, hayan sido registrados”.

Un hecho, dicen, que revela la sensibilidad del juzgado y del juzgado con el menor para evitar efectos perturbadores en su desarrollo y los problemas de victimización secundaria.

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