TS absuelve a madre denunciada por secuestro de menor en Tenerife

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a una madre del delito de sustracción de menores, del que era acusada por su exmarido tras traer a su hijo común desde Madrid a Tenerife e impedirle verlo cuando viajaba a la isla.

En su momento, la Audiencia Provincial de Madrid también rechazó los argumentos del padre, tras una amarga disputa que se prolonga desde hace años y ha pasado por varias instancias judiciales.

A grandes rasgos, la denuncia se basa en los problemas que sufrió durante años el denunciante para hacer valer su derecho a ver a su hijo, tras cambiar las medidas para visitarlo después de que la madre viniera a residir a Tenerife.

El demandante atribuye la imposibilidad de ver al menor a la conducta de su expareja pero también a la nulidad práctica de las sentencias dictadas por el presidente de un juzgado de Alcalá de Henares.

En total, ha habido tres órdenes dictadas en las que se pide a la madre que deje ver a su hijo, a las que siempre ha dado excusas por no cumplir, pese a lo cual el juzgado se niega a modificar el régimen de visitas.

La vida en Madrid

Ambos padres vivían juntos en Madrid y el hijo fue a un colegio donde tenía control médico para tratar su problema de diabetes y en 2018 la madre, que había obtenido la tutela y custodia un año antes, decidió irse a vivir a Tenerife, por lo que el tribunal impuso al padre un régimen de visitas que, según la denuncia de éste, ha sido violado reiteradamente.

Ese mismo año, el padre va a la isla y recoge a su hijo del colegio acompañado de miembros de una asociación de padres separados y una mujer que se presenta como enfermera.

El director del colegio se opuso al secuestro del niño y llamó a la Guardia Civil, cuyos efectivos se pusieron en contacto con la Audiencia de Madrid desde donde se confirmó la negativa de padre e hijo a verse.

Mientras el primero gritaba desde afuera de la escuela para que el menor se acercara, el segundo comenzó a llorar y se negó a acompañarlo.

La actora considera que la Audiencia de Madrid no hace lo necesario para asegurar el cumplimiento de las resoluciones judiciales, ni su ejecución, o se niega negligentemente a dictar nuevas órdenes, alegando que existen otras ejecuciones en fechas distintas y deficiencias.

El padre advierte de que el hijo es diabético y por tanto debe recibir tratamiento controlado por un hospital madrileño, por lo que ha pedido en reiteradas ocasiones que el menor regrese a la capital española.

Cuando viajó a las islas con antelación, envió a la madre un aviso por burofax para que tuviera lista la medicina, aunque alega que le avisaron con poco tiempo.

El actor atribuyó la imposibilidad de ver a su hijo a la conducta de la madre pero también al nulo efecto práctico de las decisiones tomadas por el juez, a quien también denunció, lo que hizo que durante varios años no tuviera que ejercer sus derechos. .

Pero el TSJM indicó en su momento que las resoluciones dictadas por el magistrado no pueden ser llamadas contrarias a derecho, sino que sirven al fin señalado para que el padre pueda estar con su hijo, aunque el resultado no haya sido efectivo.

También se excluye que el juez haya podido sufrir un retraso malicioso o un retraso injustificado y más cuando el juzgado de Alcalá de Henares consideró iniciar varias querellas contra la madre.

En su momento, un juez del TSJM emitió un dictamen privado, al considerar que este retraso de varios años atenta gravemente no sólo contra los derechos y deberes del padre, sino también contra el reconocido y esencial derecho del menor a verlo, a dialogar con él. él y también recibir un tratamiento médico más adecuado en Madrid.

Este juez considera que durante estos años no se tomó ninguna medida “de mínima eficacia” y que existen hipótesis según las cuales el juez pudo haber incurrido en prevaricación activa en la medida en que el resultado fue “particularmente injusto por la gravedad de los intereses y derechos involucrados”. .

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